• 06/02/2023 00:00

XIII Día Nacional de la Libre Competencia

Desde nuestra Constitución Política, en su artículo 298, se establece como un deber del Estado, velar por la libre competencia económica y la libre concurrencia en los mercados, y que las leyes deben establecer las condiciones que garanticen estos principios

Después de más de dos años de restricciones sanitarias, producto de la crisis generada a causa del Covid-19, el 1 de febrero del 2023, se realizó de manera presencial el Día Nacional de la Libre Competencia en Panamá, en esta ocasión, con la organización de un foro que contó con la participación de profesionales conocedores en materia de derecho de la competencia, economistas y abogados, de los sectores público y privado.

Este XIII aniversario, tuvo como objetivo desarrollar una jornada de sensibilización y promoción sobre la importancia de promover la cultura de libre competencia, tal como lo dispone el Decreto Ejecutivo No. 2 de 12 de enero de 2011, mediante el cual se declaró el 1 de febrero de cada año como el Día Nacional de la Libre competencia. Cabe destacar que esta fecha, 1 de febrero, fue escogida en honor a la primera ley de defensa de la libre competencia que existió en nuestro país, la Ley 29 de 1996, actualmente Ley 45 de 31 de octubre de 2007, que establece normas de defensa de la competencia y protección al consumidor.

Las palabras de apertura del evento estuvieron a cargo de la magistrada presidenta de la Corte Suprema de Justicia, María Eugenia López Arias, quien además, es experta en derecho de la competencia. El orador de fondo fue el director del Instituto Nacional de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República, magíster Samuel Moreno, con la exposición sobre: “Los Datos Estadísticos como Insumos Importantes para Promover la Libre Competencia”, exaltando que los datos estadísticos constituyen una fuente relevante que facilita promover una cultura de libre competencia en la población.

La ocasión fue propicia para dar a conocer el Manual sobre el Derecho de la Competencia para Consumidores, documento práctico que brinda orientación sobre la prevención, prohibición y sanción de los actos que son considerados restrictivos a la competencia, muestra de forma didáctica cada uno de los procedimientos administrativos que son competencia de la Dirección Nacional de Libre Competencia de la Acodeco, y además enfatiza por qué la competencia es de gran beneficio para todos.

Dentro de algunos puntos del manual, se subraya que la libre competencia en los mercados, implica la participación de distintos agentes económicos, actuando sin restricciones ilícitas en la producción, compra, venta, fijación de precio de sus productos y servicios, permitiendo que los consumidores puedan disfrutar de la disponibilidad de bienes y servicios, con mejores tecnologías, calidad y principalmente, la obtención de precios competitivos.

Desde nuestra Constitución Política, en su artículo 298, se establece como un deber del Estado, velar por la libre competencia económica y la libre concurrencia en los mercados, y que las leyes deben establecer las condiciones que garanticen estos principios; por su parte, la Ley 45 de 2007, en el artículo 1, establece que su objeto es proteger y asegurar el proceso de libre competencia económica y de libre concurrencia, erradicando las prácticas monopolísticas, así como cualquier otra restricción en el funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios para preservar el interés superior del consumidor.

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