Corte decreta como inconstitucional listas cerradas para elección de diputados del Parlacen

  • 25/09/2025 12:14
En las próximas elecciones generales, los candidatos al Parlamento Centroamericano (Parlacen) tendrán que salir a buscar los votos

Quienes quieran correr como candidatos a diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen), tendrá que buscar sus votos como la mayoría de los candidatos de elección popular.

Esto, luego de que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declarase como inconstitucional el mecanismo de “listas cerradas” para el organismo, asó como su elección indirecta por vía de las candidaturas presidenciales, sea de partido o libre postulación.

Así lo detalla el fallo emitido el pasado 2 de septiembre y publicado en Gaceta Oficial el 23 de este mes, en el que declara inconstitucional las frases “por una lista cerrada” y “por la lista de su preferencia por la libre postulación correspondiente en la boleta para presidente y vicepresidente”, que se encuentran en el artículo 513 del Acuerdo 7-1 de 15 de febrero de 2022 que aprueba el Texto Único del Código Electoral. Así como las frases del artículo 515 de este acuerdo.

Con el respaldo de la mayoría de los magistrados y el salvamento de voto de la magistrada María Cristina Chen Stanziola, se plantea así un nuevo escenario para el proceso electoral del 2029 y el Parlacen.

Entre los argumentos señalados por la Corte para su decisión, indican que hubo vulneraciones a disposiciones constitucionales. Señalan que, a pesar de que la norma establece que la elección de diputados y suplente al Parlacen debe ser de conformidad con la legislación interna que regenta la elección de los diputados de la Asamblea Nacional, esta difiere al elegirlo los parlamentarios del organismo con una votación indirecta.

También puntualiza que una votación cerrada para elegir a los diputados del Parlacen, como resultado de los votos obtenidos del cargo de presidente, contraviene el principio de representación promocional fijado en el artículo 147 de la Constitución.

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