Tramite urgente

Actualizado
  • 01/09/2013 02:00
Creado
  • 01/09/2013 02:00
En los Estados Unidos y otros países del mundo algunos hospitales han decidido, a través de un proceso voluntario, optar por la certific...

En los Estados Unidos y otros países del mundo algunos hospitales han decidido, a través de un proceso voluntario, optar por la certificación de un organismo internacional independiente que evalúe sus técnicas de seguridad y calidad.

La Joint Commission Acreditation Healt Care Certification, (JACHO), por sus siglas en inglés, es una entidad que se dedica a acreditar y certificar a miles de organizaciones y programas.

Con esto se logra posicionar al hospital como un símbolo de en su categoría que refleje el compromiso de la organización en estándares de altura internacional.

En Panamá solo algunos hospitales privados cuentan con esta exigencia.

La institución que más tiene protocolos médicos, de procedimiento y de farmacoterapéuticos se llama CSS. Sin embargo son la personas la que tienen que implementarlos.

Las tragedias ocurridas motivan el surgimiento de un organismo mucho más normativo que le otorgue garantía y control de calidad.

En todos los hospitales debe existir una constancia de los procedimientos a través de garantías de calidad que alcanzan a todos los departamentos con el propósito de corroborar que cumpla con las normativas.

Los procesos de acreditación de los hospitales públicos carecen de un formalismo estructurado con tanto detalle.

Para algunos expertos, este tipo de supervisiones no son tan férreas, mas bien, el ente rector debería entrar en un proceso más rígido y enérgico en los tratamientos de supervisión, monitoreo. Pieza fundamental que debe reestructurarse.

Se requiere, según los conocedores, un rector en el curso de calidad de garantía de los procedimientos, para que cualquiera que dirija el país lo pueda desarrollar sin depender de direcciones o partidos políticos.

En cuanto a la confección de la nutrición parenteral existe un protocolo de fabricación que debe seguirse con rigor. En él se detallan los nutrientes, dosis, riesgos y compuestos necesarios que deben aportar estas sustancias en aquellas situaciones en las que no es posible la alimentación oral o como complemento de ella.

Aunado a esto, la literatura al respecto señala que en cada trámite o administración de medicamentos es recomendable contar con una cadena de custodia donde se plasmen las firmas de quienes intervinieron en el proceso. Con esto se logra una verificación del paso anterior y revisar que se cumplan con toddas las normas establecidas.

Tomando en cuenta las experiencias anteriores, una modificación al procedimiento para evitar que éste tipo de situaciones vuelvan a presentarse se hace necesario.

Al respecto, el Departamento de Farmacias y Droga tiene la obligación de fiscalizar el uso adecuado de los medicamenos a través de inspecciones periódicas a los centros e salud para confirmar que su uso sea el indicado.

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