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- 04/06/2014 02:00
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Los funcionarios del Ministerio Público (MP) no pueden utilizar pantalones apretados y se prohibió la minifalda en las mujeres.
Así aparece en la Resolución N° 22 de 6 de mayo de 2014, que adopta el Manual de Vestimenta, promulgada el pasado jueves, firmada por la procuradora general, Ana Belfon, y Ramsés Barrera, secretario general.
Para los varones, quedó prohibido el uso de pantalones de colores fluorescentes, zapatillas, camisas con dibujos y hebillas con diseños. Los pantalones tienen que ser holgados de tonos conservadores.
Para las damas, no se permiten las faltas ceñidas al cuerpo o con aberturas pronunciadas, tampoco se admite pantalones ajustados o con un corte que dejen expuesta la cintura.
La medida es para todas las oficinas de la institución.
El documento instruye a los jefes de despacho velar para que se ‘cumpla fielmente’ las normas.
El funcionario al que se le suministre la indumentaria institucional deberá vestirla en buen estado y limpia, conforme a lo establecido por la Dirección de Relaciones Humanas durante la jornada laboral y actividades en representación del Ministerio Público.
Igualmente, se debe portar el carné de identificación, el cual es obligatorio llevarlo en un sitio visible dentro de las instalaciones.
Incluso, se plantea el uso de zapatos limpios, un peinado ‘conservador’, maquillaje ‘impecable’, la ropa sin manchas o arrugas.
El abrigo que utilice debe adaptarse a los estándares de la indumentaria y no para esconder una ropa inapropiada.