Instituto Tributario pide cautela a la Asamblea en debate de la DGI

Actualizado
  • 25/08/2014 02:00
Creado
  • 25/08/2014 02:00
Un fallo de la Corte deja sin efecto la creación de la ANIP y el nombramiento por siete años de Luis Cucalón. 

Han sido cinco años en los que la estrategia de recaudación de impuestos del Estado ha estado en dudas. Según algunos, fue utilizada como arma de chantaje o premio político.

Quienes se atrevieron a denunciarlo, entre ellos I. Roberto Eisenmann, por su posición política adversa y crítica al gobierno de Ricardo Martinelli, fueron perseguidos por la Autoridad Nacional de Ingresos Públicos (ANIP) que dirigió Luis Cucalón.

La manera ‘antojadiza’ en que se manejó la recaudación de impuestos y luego la creación de la ANIP, en la cual se designó por un periodo de siete años, a partir del 2013, a Luis Cucalón, motivó la presentación de una demanda de inconstitucionalidad de la Ley 24 del 8 de abril del mismo año. El recurso lo promovió el abogado constitucionalista Miguel Antonio Bernal.

Ya la Corte Suprema de Justicia anunció, mediante nota de prensa, que, en efecto, se falló en contra de la ley que creó la ANIP y se ordenó restablecer la Dirección General de Ingresos (DGI).

Sólo se requiere completar las firmas de los magistrados de la Corte. Un magistrado estaría pendiente de cumplir con el requisito para proceder a la promulgación del fallo en la Gaceta Oficial para que, entonces, entre en vigencia lo dispuesto.

El Instituto Panameño Tributario está preocupado de que la nueva DGI sea usada, igualmente, como método de presión política y sobre todo la tercerización en el cobro de impuestos. Los tributaristas no están de acuerdo con mantener la tercerización del cobro de impuestos.

EL NUEVO RETO DE LA DGI

El fallo de la Corte ordena desaparecer la ANIP y el resurgimiento de la Dirección General de Ingresos que había sido creada en 1970 mediante Decreto de Gabinete. Era una dependencia adscrita y bajo el mandato del entonces Ministerio de Hacienda y Tesoro.

Aunque el fallo no ha entrado en vigor, el actual ministro de Economía y Finanzas, Dulcidio De La Guardia, ya presentó ante la Asamblea Nacional, el pasado 7 de agosto, un nuevo marco legal para la creación de la DGI y se deja claro que será un ente adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), como rector de las finanzas del Estado panameño y lo pone bajo el paraguas del MEF.

La Asamblea Nacional ha decidido acelerar la discusión de la iniciativa. Se trata de una ley orgánica —que crea un nuevo ente gubernamental— y como tal, no puede ser propuesta por los diputados.

Para tales fines, se convocó a la Comisión de Economía y Finanzas para las 9:30 a.m. de hoy a debatir el proyecto de ley número 16 que crea la DGI. Es el segundo punto del orden del día.

LA PROPUESTA DEL MEF

La iniciativa, según el ministro De la Guardia, tiene como objetivo cumplir el fallo de la Corte y reincorporar a la DGI como entidad adscrita al MEF. Se le da, además, cumplimiento al artículo 184 de la Constitución Política, el cual atribuye al presidente de la República, con la participación del ministro respectivo —el MEF—, vigilar la recaudación y administración de las rentas nacionales.

REQUISITOS PARA DIRECTOR

Uno de los factores más cuestionados en este año de existencia fue el director. Ahora, además de ser panameño, se requiere licenciatura en Economía, Derecho, Finanzas, Administración de empresas o pública y 10 años de experiencia y solvencia moral.

De la Guardia recalca que el proyecto ‘respeta el texto original del Decreto de Gabinete 109 de 1970 por el cual se reorganizaba la DGI’, adscrita al entonces Ministerio de Hacienda.

Los nuevos requisitos buscan definir un perfil más elevado para el director.

El texto es breve. Consta de 28 artículos, resumidos en seis capítulos y 11 páginas.

La propuesta reorganiza la DGI y establece que tendrá a su cargo la recaudación, cobranza, investigación y fiscalización de los tributos, así como la aplicación de sanciones, la resolución de los recursos y la expedición de los actos administrativos necesarios en caso de infracción de leyes fiscales e incumplimiento de las obligaciones referentes a los impuestos; las tasas, contribuciones y rentas de carácter interno comprendidas en la dirección del Tesoro Nacional. Se dispone, la estructura de DGI. Y establece una evaluación cada dos años para los funcionarios.

El director y subdirector están bajo la dependencia directa del ministro del MEF y no forman parte de la Carrera Administrativa.

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