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- 09/10/2014 02:00
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Los extranjeros de nacionalidades restringidas (cubanos, dominicanos, haitianos, árabes, asiáticos e indostanos) contratados o que cuenten con promesa laboral o de inversión, tendrán un periodo de 30 días calendario para solicitar una de las categorías migratorias.
Así lo contempla el Decreto Ejecutivo 535, de 3 de octubre de 2014, firmado por el presidente Juan Carlos Varela y el ministro de Seguridad Pública, Rodolfo Aguilera. El periodo rige a partir del ingreso al territorio panameño.
El documento, promulgado el lunes, se aplica al Área Económica Especial Panamá-Pacífico (Howard), al establecimiento y operación de sedes de empresas multinacionales y a zonas francas.
Anteriormente, el Decreto Ejecutivo 414 de junio de 2012, derogado con el 535, otorgaba un periodo de 90 días para solicitar las visa de ingreso o la residencia temporal.
El decreto de Varela también establece que los extranjeros podrán solicitar su estadía por conducto de un apoderado legal idóneo.
Por otro lado, el Decreto Ejecutivo 534 de 3 de octubre de 2014, también promulgado el lunes, contempla otorgar la ‘permanencia definitiva’ a los inversionistas de zonas francas, los cuales deberán tener una inversión de $250 mil, proveniente del exterior.
El documento deja claro que tras dos años de estadía en el país, los extranjeros tendrán derecho a adquirir cédula panameña, siempre y cuando cuenten con paz y salvo de renta personal y de la empresa.