Nuevas disposiciones para el registro sanitario de productos con mentol
En el caso del mentol, como analgésico y anestésicos, las concentraciones serán de 0.1% a 1.0%

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó nuevas disposiciones para otorgar el registro sanitario a productos que contengan como principio activo mentol, salicilato de metilo, capsaicina y alcanfor.
Los ingredientes regulados pueden estar solos o en combinaciones permitidas, como concentraciones superiores de 1.25% hasta 16% de mentol como contrairritantes, y del salicilato de metilo, de 10% hasta 60%.
En el caso del mentol, como analgésico y anestésicos, las concentraciones serán de 0.1% a 1.0%.
Como antitusivo, la concentración de alcanfor debe ser de 4.7% a 5.3% en pomadas, ungüentos y cremas.
La decisión, contenida en la vigente Resolución 575 de 28 de noviembre de 2014, se debe a reportes provenientes de Estados Unidos, por quemaduras químicas e irritaciones en la piel.
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