Suspensión y multas para espectáculos que excedan los niveles de ruido

Actualizado
  • 26/02/2016 01:00
Creado
  • 26/02/2016 01:00
a reincidencia se sancionará con el doble de la multa

Los espectáculos públicos o actividades de diversiones públicas que excedan los niveles de ruido establecidos en los 23 corregimientos del distrito de Panamá serán ‘suspendidos inmediatamente' por el corregidor de turno que intervenga en la inspección del evento, sin perjuicio de la sanción por infringir las normas sobre ruido.

La paralización inmediata también se aplicará cuando no se tenga el permiso para el evento (que debe ser tramitado al menos diez días antes) y haya permitido el ingreso de menores de edad.

Esta es una de las regulaciones contenidas en el Decreto Alcaldicio No. 4-2016, de 17 de febrero de 2016, que reglamenta las disposiciones sobre espectáculos o actividades públicas en la capital de la República.

La norma de diecinueve artículos, vigente desde ayer, fue firmada por el alcalde, José Blandón, y Guillermo Bermúdez, secretario general del Municipio de Panamá.

Adicional, la alcaldía podrá revocar el permiso que ampara un evento en cuyas operaciones o funcionamiento se genere ruido que exceda los límites permitidos, opere fuera de los horarios establecidos o cuando reciba quejas o denuncias de los vecinos.

También se fijó una sanción entre $500 y $2,000 para las personas naturales o jurídicas que realicen las actividades sin contar con el permiso. Si reincide, se sancionará con el doble de la multa.

Por otro lado, habrá una sanción de $1,000 a $3,000 cuando se realicen los espectáculos sin contar con el permiso y, adicional, se compruebe que se ha permitido el acceso a menores de edad. La reincidencia se sancionará con el doble de la multa.

La Alcaldía de Panamá cobrará $50 por la inspección legal al lugar que se proponga realizar el espectáculo público o la actividad de diversión pública en atención a las condiciones del lugar o en consideración de las características, elementos o equipos que se emplearán.

El decreto municipal señala que cuando se trate de espectáculos públicos en los que se permita el ingreso a menores de edad, que incluyan el expendio de bebidas alcohólicas a los adultos, la persona interesada deberá acompañar su solicitud con la certificación emitida por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia sobre las medidas orientadas a la protección integral de los menores.

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