ACP sancionará a capitanes de remolcadores por negarse a cumplir con sus labores

Actualizado
  • 12/04/2018 19:44
Creado
  • 12/04/2018 19:44
Las sanciones van para aquellos capitanes de remolcadores que afectaron el tránsito por las esclusas del Canal Ampliado

La Autoridad del Canal de Panamá inició un proceso para sancionar a algunos capitanes de remolcadores, por afectar el tránsito ininterrumpido por las esclusas neopanamax al rehusarse a cumplir con una instrucción de trabajo.

De acuerdo con un comunicado de la Autoridad del Canal de Panamá, la decisión se fundamenta en que estos capitanes de remolcadores supuestamente se negaron a cumplir su deber de asistir el tránsito de los buques por las esclusas neopanamax, lo cual afectó la operación regular ocasionando un impacto económico negativo para el país, afectando la confianza de nuestros clientes y la imagen de la vía marítima.

La administración del Canal, consciente de su responsabilidad de garantizar la seguridad de sus trabajadores y la confiabilidad de la operación, decidió tomar esta medida para salvaguardar los mayores intereses de Panamá y del Canal, finaliza el comunicado.

Desde su inauguración el 26 de junio de 2016, las nuevas esclusas del Canal de Panamá han tenido un efecto en las economías de escalas globales al brindar a la industria naviera mayor capacidad para el transporte de carga entre los centros de producción y los de consumo, mediante la utilización de buques de tipo neopanamax.

A la fecha, alrededor del 53% de los buques neopanamax que han transitado el Canal ampliado corresponde al segmento de portacontenedores, seguido de un 28% del tipo de gas licuado de petróleo y otro 10% de gas natural licuado. Este último es un nuevo segmento de mercado para la vía acuática panameña.

Otros buques que han utilizado las nuevas esclusas son los de graneles secos y líquidos, portavehículos y pasajeros.

El canal de Panamá, por el que pasa cerca del 6 % del comercio mundial, une más de 140 rutas marítimas y 1.700 puertos en 160 países distintos.

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