Modifican asociaciones de interés público

Actualizado
  • 07/02/2019 01:00
Creado
  • 07/02/2019 01:00
Las entidades deben estar relacionadas con el proyecto que desarrolla la asociación.

El Ministerio de Gobierno introdujo cambios en la creación de las asociaciones de interés público. Mediante el Decreto Ejecutivo No. 265 del 28 de diciembre de 2018, publicado en Gaceta Oficial este miércoles, se establece que las asociaciones de interés público deben tener ‘al menos tres instituciones públicas' en su junta directiva.

Además, las entidades deben estar relacionadas con el proyecto que desarrolla la asociación.

El decreto también establece que el Ministerio de Gobierno podrá realizar una inspección previa al domicilio de la entidad solicitante de la personería jurídica o con posterioridad a su otorgamiento.

La norma contempla la posibilidad de que dos o más asociaciones de interés público puedan unirse con la aprobación mayoritaria de sus asambleas generales y así llevar a cabo propósitos comunes, para lo cual deberán presentar la solicitud ante el Ministerio de Gobierno.

A las reuniones, tanto de la asamblea general como de la junta directiva de la asociación, podrá asistir un representante de la Contraloría General, que tendrá únicamente derecho a voz.

El Decreto Ejecutivo No. 265 de diciembre de 2018 reglamenta la Ley 39 del 8 de agosto de 2018, que regula las asociaciones de interés público.

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