Proponen ley que permitirá adenda en contratos con colegios particulares

Actualizado
  • 14/04/2020 15:19
Creado
  • 14/04/2020 15:19
Podrán pactar esta adenda los padres de familia que hayan perdido o menoscabado el ingreso familiar durante y posterior la emergencia nacional

Un anteproyecto de ley que permitiría a los padres de familia concretar adendas en los contratos educativos con los colegios particulares, como un mecanismo para aliviar la situación económica de las personas afectadas laboralmente por el COVID-19, fue presentado ante el pleno de la Asamblea Nacional por la diputada Corina Cano.

Según la propuesta, el Ministerio de Educación asumirá la obligación de dictar las instrucciones generales del plan de recuperación de la carga académica perdida por la emergencia sanitaria nacional, de los centros educativos oficiales y particulares, la cual será reglamentada por Decreto Ejecutivo.

De igual manera, señala que el Ministerio de Educación deberá establecer medidas, junto con los colegios particulares y los padres de familia, la suspensión, reducción o el diferimiento del pago de los costos establecidos en los contratos de servicios educativos a través de una adenda.

Para concretar esta adenda se deberá contemplar como mínimo, el porcentaje de pago básicos para los Padres de familia que debidamente sustentado hayan perdido o menoscabado el ingreso familiar durante y posterior a la declaratoria de la emergencia nacional.

También se deberá extender las fechas de vencimiento de pago de anualidad y restringir los cargos por mora de pago (intereses), suprimir los recargos y otras penalidades o accesorias durante este plazo.

En tal sentido, los colegios deberán abstenerse de aplicar medida restrictiva alguna de acceso a las herramientas de aprendizaje.

También se deberá garantizar un mínimo de padres de familia que puedan seguir pagando la anualidad por letras mensuales, con el fin de generar un equilibrio y sostenimiento a la contingencia pedagógica, preservando las fuentes de trabajo de los docentes, administrativos y directivos.

De igual manera, se deberá garantizar en los Centros Educativos Oficiales cupos para aquellos estudiantes que desertaran de los centros educativos particulares, por los efectos económicos de sus acudientes 

Así mismo, el Ministerio de Educación deberá reconocer las distintas metodologías académicas virtuales y aquellas utilizadas por diferentes medios de comunicación (radio, televisión, aplicaciones de celulares, YouTube, por escrito en donde sea posible, entre otras), en aquellos centros educativos oficiales y particulares que no cuentan con una plataforma educativa digital.

Las medidas establecidas en este artículo anterior deberán ser aplicadas en las instituciones de Educación Superior Privada, a fin de acordar la adenda respectiva entre el estudiante y la institución universitaria.

De ser aprobado esta iniciativa, y por ser considerada de orden público y de interés social, tendría efectos retroactivos a partir del 1 de marzo de 2020. 

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