Abogados salen en estampida de las SA

Actualizado
  • 12/12/2022 00:00
Creado
  • 12/12/2022 00:00
En los últimos once meses, un 50% de las sociedades anónimas ha perdido su agente residente
Abogados salen en estampida de las SA

Las leyes adoptadas por el país para responder a las exigencias del Grupo de Acción Financiera (Gafi), la Organización para la Cooperación, el Desarrollo Económico (OCDE) y la Unión Europea (UE), para salir de las listas discriminatorias que amenazan la economía, están enterrando el negocio de las sociedades anónimas panameñas.

Los números hablan por sí solos. En Panamá están constituidas 713.074 sociedades anónimas. Otras 495.739 están en estado suspensivo.

El Registro Público está obligado a suspender una sociedad anónima cuando esta permanece sin agente residente por un periodo mayor a 90 días.

La institución también debe suspender a la empresa cuando no se ha cancelado la tasa única por un periodo de tres años. Y cuando la persona jurídica no ha pagado una multa o sanción que se le ha impuesto.

De acuerdo con las estadísticas de la Dirección General de Ingresos (DGI), en los últimos dos años 68.456 sociedades anónimas fueron inhabilitadas por impago de la tasa única anual de $300.

Efecto de la suspensión

Cuando una sociedad está suspendida también lo están sus derechos corporativos. En otras palabras, la sociedad y sus representantes no pueden demandar a otra, firmar contratos, vender sus bienes, o seguir el curso regular de sus negocios.

El estado “suspensivo” tampoco le permite hacer reclamos, mediación, conciliación, arbitraje, ni puede reunirse la junta directiva o junta de accionistas para tomar decisiones.

La persona jurídica, sin embargo, contará con un plazo de dos años más para ser nuevamente reactivada. En ese periodo, cualquier accionista, socio, agente residente o tercero interesado podrá solicitar su reactivación. Al hacerlo, la sociedad puede reanudar sus negocios regulares. Pero si en ese periodo no es reactivada, el registro procederá a su cancelación definitiva.

Enrico Richel, director de Calificación, Registro y Certificación del Registro Público, reconoció el alto registro de renuncias de los agentes residentes. Y las asoció a la Ley 254 de noviembre de 2021, que impone a los agentes residentes mayores obligaciones con el supuesto objeto de lograr mayor transparencia fiscal y evitar el blanqueo de capitales de las sociedades anónimas.

La nueva norma obliga a las personas jurídicas a enviar al agente residente información de los registros contables y documentación de respaldo (factura, por ejemplo, u otros documentos que demuestren que es lícito el negocio y la proveniencia de fondos) y a conocer la identidad de accionistas y beneficiarios finales. Y al agente residente a reportar a las autoridades panameñas las sociedades que estén cumpliendo o no con estos requisitos.

Los requisitos no solo aplican a las sociedades que operan en el extranjero, denominadas offshore, sino también a las que tienen actividades comerciales o financieras en Panamá.

Voluminosas renuncias

El agente residente que no cumpla estaría sujeto a una sanción pecuniaria que iría desde $5.000 hasta $100.000. Y $500 adicionales por cada día que transcurra después del plazo otorgado para la entrega de la información requerida por la Superintendencia de Sujetos No Financieros (SSNF).

Richelil explicó que existen escrituras públicas que contienen renuncias de hasta 500 sociedades anónimas. Esto sucede cuando los agentes residentes no reciben de los clientes la información requerida para actualizar los datos de la actividad operativa y contable de una empresa y de la identificación de los directores.

Para evitar la responsabilidad y la multa, los agentes residentes se ven obligados a presentar al registro la renuncia al cargo de agente residente, explicó un abogado consultado por La Estrella de Panamá, que prefirió el anonimato.

Demora en trámites

Las escrituras públicas que establecen las renuncias de agentes residentes pueden ir desde 25 hasta 500 folios. Lo ideal –según el director de la institución– es solicitar en una escritura pública la renuncia de 25 sociedades para evitar un largo y engorroso trámite, aunque ello implica mayor gasto a los agentes residentes.

Richelli explicó que procesar una escritura pública con 500 renuncias a diferentes empresas puede tomar hasta dos meses. Mientras que tramitar la renuncia de los agentes residentes a 25 sociedades toma dos meses.

Las renuncias masivas han colapsado el sistema y provocado un retraso en otros servicios que ofrece el Registro Público, por ejemplo, la emisión de certificados de existencia de las empresas, incorporación de sociedades e inscripción de actas de juntas directivas, explicó el abogado con mucha experiencia en el sistema.

El director del Registro Público, a pesar de reconocer que el proceso puede tardar hasta dos meses, lo niega. “No es cierto. Tenemos un sistema electrónico de registro que tiene la capacidad y el almacenamiento necesario para procesar todo tipo de información”, concluyó Richel.

Juan Carlos Araúz, presidente del Colegio Nacional de Abogados (CNA), advirtió que las regulaciones que se han impuesto para salir de las listas discriminatorias, han traído una carga adicional de trabajo a los agentes residentes.

Antes las obligaciones derivadas del cargo de agente residente eran muy básicas. El abogado constituía la sociedad y aparecía en el registro, sin ninguna otra obligación. Hoy, existe un conjunto de regulaciones que deben cumplirse a lo largo del año, que obligan al abogado a informarse sobre las actividades de los clientes, a documentar la información actualizada y estar preparado para responder a cualquier requerimiento de las autoridades so pena de multa.

Cuantiosas sanciones

Los datos de la página de la Superintendencia de Sujetos No Financieros establecen que hay $90.543,23 en sanciones por ejecutar, a abogados, por incumplir con las obligaciones dispuestas en la Ley 23 del 27 de abril de 2015, relacionadas con la debida diligencia, beneficiario final, actualización de registro y su resguardo, conocimiento ampliado de clientes bajo la clasificación de PEP y política de conocimiento al empleado.

“Los abogados han valorado la relación tiempo y honorarios, llegando a la conclusión que no es rentable brindar los servicios por los mismos costos ...”, dijo el gremialista.

Las renuncias masivas a sociedades anónimas impactarían al sector bancario. Y es que habrá cuentas bancarias, a nombre de sociedades anónimas, sin agente residente que deben ser suspendidas o que han sido disueltas.

Sobre el posible impacto a la banca, La Estrella de Panamá consultó a la Asociación Bancaria, que aún no da respuestas claras.

Presión del Gafi

En junio de 2019, el Grupo de Acción Financiera (Gafi), un organismo creado por el grupo de países con las economías más industrializadas del mundo (G8), supuestamente para combatir el blanqueo de capitales, incluyó a Panamá en la denominada lista “gris”.

Desde entonces, el país ha dado significativos avances en materia de transparencia fiscal, estableciendo sanciones efectivas para quienes violen estas normas, sin lograr salir de las listas discriminatorias.

El grupo, sin embargo, está empecinado en que se conozcan los accionistas, beneficiarios finales, incluyendo accionistas y directores nominales, de las sociedades anónimas inscritas en Panamá. Ha exigido que se haga antes del próximo mes de febrero de 2023, cuando nuevamente el organismo revise el cumplimiento del plan de acción impuesto para salir de la lista gris.

En esa dirección se prevé que en los próximos días de diciembre se produzca un incremento mayor de renuncias de los agentes residentes, que no cuentan con registros contables de sus clientes.

En los últimos once meses (enero - noviembre), un 50% de las sociedades anónimas ha perdido su agente residente. Un 20% lo ha recuperado.

El Registro Público tampoco tiene la capacidad de procesar el volumen de información que recibe periódicamente de la DGI sobre sociedades morosas que deben pasar a suspensión, lo que produce demoras según han asegurado abogados consultados por La Estrella de Panamá.

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