No hay metodología para elegir a magistrados de la Corte Suprema

Actualizado
  • 04/11/2017 01:00
Creado
  • 04/11/2017 01:00
El presidente de la República, Juan Carlos Varela, reiteró hoy que se someterá estrictamente a la Constitución para designar a los magistrados 

El Órgano Ejecutivo está por seleccionar a tres nuevos abogados que designará como magistrados de la Corte Suprema de Justicia y que luego someterá a consideración de la Asamblea Nacional para su respectiva ratificación, pero no existe método para cumplir con el trámite.

El presidente de la República, Juan Carlos Varela, reiteró este sábado que hará cumplir lo que establece la Constitución, en cuanto a la escogencia de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, es decir que su designación depende únicamente del mandatario, contrario al proceso que se ha dado en otras ocasiones en el que se involucra la sociedad civil. Sin embargo, dijo que las personas designas serán "integras".

Aunque se trata de un proceso que involucra a los tres Órganos del Estado, no existe una metodología legal o constitucional que disponga la manera en que se debe proceder

La Constitución Política de la República en el numeral 2 del artículo 200 en el cual establece las funciones del Consejo de Gabinete dispone que el presidente de la República debe acordar con los ministros el nombramiento de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, así como los suplentes, pero no contempla el método.

El presidente de la República, Juan Carlos Varela, ya dijo que no se utilizará la metodología anterior para la designación de Ángela Russo y Cecilio Cedalise.

En aquella ocasión se convocó a diversas organizaciones de la sociedad civil, a través del Pacto de Estado por la Justicia que hizo una evaluación a cada uno de los aspirantes y luego pasó un informe al Órgano Ejecutivo.

Luis Eduardo Quirós, presidente de la Comisión, expresó que los diputados están a la espera  que el presidente de la República haga la convocatoria a las sesiones extraordinarias para el respectivo proceso de ratificación.

Sin embargo, el reglamento Interno de la Asamblea Nacional que es Ley de la República y la Constitución Política de la República, tampoco establece la metodología para la ratificación.

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