Tribunal Electoral fija reglas a las publicitarias

Actualizado
  • 30/05/2018 02:00
Creado
  • 30/05/2018 02:00
Las agencias publicitarias que presten sus servicios con cargo al financiamiento privado previsto en el artículo 204 del Código Electoral quedan exentas de este registro

El Tribunal Electoral (TE) reglamentó el artículo 229 del Código Electoral sobre el registro de las agencias publicitarias para la próxima campaña electoral rumbo a las elecciones generales de 2019.

Esta regulación fue formalizada con el Decreto 29 de 24 de mayo de 2018 que señala que las agencias de publicidad que deseen prestar sus servicios a partidos políticos, candidatos de partidos políticos o de libre postulación durante los procesos internos y la campaña electoral para los comicios generales del 5 de mayo de 2019; con cargo al financiamiento público; deben registrarse en la Dirección de Fiscalización de Financiamiento Político, antes del 21 de julio de 2018.

Las agencias publicitarias que presten sus servicios con cargo al financiamiento privado previsto en el artículo 204 del Código Electoral quedan exentas de este registro.

La norma establece que los servicios proporcionados por las agencias que no estén registradas en esta Dirección, no serán reconocidos para ser pagados con cargo al financiamiento público preelectoral.

Para el registro formal las agencias publicitarias deberán retirar, llenar y firmar el formulario elaborado por la Dirección de Fiscalización de Financiamiento Político o el documento electrónico que se encuentra en la página web del TE.

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