Diputados le quitan revocatoria de mandato a partidos

Actualizado
  • 18/03/2022 00:00
Creado
  • 18/03/2022 00:00
El proyecto de ley deberá ser sancionado o vetado por el Ejecutivo, y hay quienes advierten que la iniciativa tiene vicios de inconstitucionalidad
El proyecto fue aprobado en tercer debate con 42 votos a favor, 10 en contra y una abstención.

El presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen, será quien finalmente decida si sanciona o veta el proyecto de ley 776 que modifica algunos artículos del Código Electoral, y en el cual las bancadas de diputados disidentes de Cambio Democrático (CD) y diputados del oficialista Partido Revolucionario Democrático (PRD) aprobaron un artículo nuevo para quitarle la facultad a los partidos políticos de aplicar la revocatoria de mandato a los diputados.

El polémico artículo, el cual generó controversias durante el debate en torno a su posible inconstitucionalidad o no, fue aprobado ayer con el voto de diputados de CD, PRD, Molirena y algunos panameñistas, por lo que ahora debe ser enviado al Órgano Ejecutivo para su sanción o veto.

El polémico artículo 10 de este proyecto establece que: “Las decisiones que se tomen aprobadas por la mayoría de los diputados de la fracción parlamentaria a la cual pertenecen, no podrán ser utilizadas por los partidos políticos como causal de revocatoria de mandato ni de expulsión de los diputados, inscritos o no en el partido político por el cual fueron postulados”.

Para el abogado Ernesto Cedeño, el proyecto tiene visos de inconstitucionalidad si se analiza el artículo 151. "Nos guste o no eso está en la Constitución y lo que debe hacer un diputado es procurar respetar lo que está en la Constitución y el estado de derecho, aunque a unos no les guste”.

Parte del artículo 151 de la Constitución señala que los partidos políticos podrán revocar el mandato de los diputados principales o suplentes que hayan postulado, cumpliendo algunos requisitos y formalidades.

En torno a quien puede enviar este proyecto a la Corte, Cedeño detalló que lo puede hacer el presidente en el evento de que no lo sancione y lo vete por inexequible, y conforme al artículo 171 de la Constitución, si los diputados insisten, el mandatario lo puede remitir a la Corte por inexequible.

En tanto, si se convierte en ley de la República, cualquier ciudadano lo puede demandar ante la Corte.

Cedeño también dijo haberle generado suspicacia la falta de pronunciamiento de muchos de los directivos de los partidos políticos. “Todos debieron haber lanzado un lineamiento, pero les tienen miedo a los diputados de sus partidos. No quisieron quedar en evidencia de que los diputados ni los respetan; hay falta de autoridad en estos colectivos”, sostuvo Cedeño.

Por su parte, el presidente del Colegio Nacional de Abogados, Juan Carlos Araúz, indicó que la facultad de la revocatoria de mandato no solo es de los electores, sino también que la Constitución se la da a los partidos políticos.

“Eso no puede cambiarse, pero su ejercicio en manos de los partidos políticos requiere primero revisar cuál es su propio rol en defensa del país, planes, programas, visión, y no solamente un tema de ser oposición y nada más”, precisó.

Agregó que esa facultad en manos de los partidos no es absoluta, y por ende, para invocarla siempre se debe revisar qué han hecho y cómo disentir en un momento determinado afecta su rol”.

Al ser consultado si el proyecto aprobado iría en contra de lo que dice la Constitución, Araúz manifestó que hay dos derechos constitucionales aquí enfrentados, por un lado el derecho a disentir de un diputado, y por otro, el ejercicio de una prerrogativa de los partidos a revocar. “Mientras que el primero es un derecho individual, el segundo tiene primero que constatar que el partido ha cumplido sus obligaciones”.

En tanto, el presidente del partido Cambio Democrático, Rómulo Roux, expresó que este proyecto “es otra maleantería más de la Asamblea, de los diputados que siguen la línea del PRD y de los que hay pa mí, para blindarse, para hacer lo que les da la gana y que no les importa con los electores, no les importa con el país y que están allí para servirse ellos mismos”.

“Yo espero que el presidente de la República sea respetuoso de la Constitución, porque ese artículo es violatorio de la Constitución de la República. El presidente tiene que vetar parcialmente ese proyecto de ley”, afirmó Roux.

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