• 15/12/2009 01:00

Selección y escogencia de magistrados competentes

Osadía, aventurismo e irresponsabilidad caracterizan a quienes sabiendo que no son competentes para el cargo se postulan como candidatos...

Osadía, aventurismo e irresponsabilidad caracterizan a quienes sabiendo que no son competentes para el cargo se postulan como candidatos, solo con la esperanza de que un político amigo o pariente los promueva y los ponga en un puesto que no se merecen; al final las consecuencias son funestas para el país y sus ciudadanos. Se puede tener un título de Licenciado en Derecho, pero eso no basta para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Nuestra Constitución Nacional es benévola al respecto; no obstante conforme la realidad existente, nuestra sociedad cada día exige requisitos adicionales en el currículum de los postulantes. De allí que sea un buen mensaje a la ciudadanía el hecho de que el Consejo de Gabinete haya suspendido la discusión sobre el tema para recibir nuevas postulaciones. Lo cual nos parece, acertado.

Ante la necesidad urgente de reconstruir el sistema judicial, se hace indispensable delimitar la pertinencia de los nominados, que deben ser identificados fuera de un listado de auto postulados, en base a factores bien determinados. Ocurre que así como los buenos casos buscan los buenos abogados, también la población sabe quiénes son los mejores, los cuales en su mayoría no se autopostulan, para no hacer el ridículo de avalar una selección que pudiera previamente “ tener nombre y apellido ”.

Los factores más vigentes en la selección de un personal calificado y cualificado hacen relación con la especialidad, la experiencia, la madurez, la reputación y la personalidad o identidad (independencia de criterio) del sujeto; así como la previa identificación de las fuentes que lo producen o certifican.

La Especialidad, es el factor primario en la ponderación del candidato, porque es importante que el postulante cuente con una especialidad en el área o rama del Derecho que se pretende (v. gr. Sala Civil, Penal, Laboral, Administrativa, etc.). Se requiere como mínimo un título de Maestría en el área correspondiente; lo cual garantiza un conocimiento como experto en la materia.

La Experiencia, es un factor básico para el manejo procedimental en su área. No puede ser un aprendiz, sino un Abogado con suficiente millaje en la respectiva especialidad. Éste requisito debe ser ponderado sobre la base de un mínimo de veinticinco (25) años de experiencia profesional como Abogado Litigante u Operador Judicial.

La Madurez, es un factor fundamental que el seleccionado cuente con una edad en que haya agotado fases de compromisos personales e intereses particulares contrarios a la moral. Para cumplir con este parámetro el postulante debe tener una edad mínima de cincuenta años de edad.

La Reputación Pública, este factor implica el conocimiento que a prima facie o de antemano tiene la comunidad del postulante, en cuanto a su conducta social, sin auscultamientos personalísimos ni calificativos infundados, sino fundamentados en su actividad profesional, cívica, académica o comunitaria.

Independencia, es el carácter o actitud objetiva con criterio profesional y técnico, con la cual la persona asume una posición frente a las controversias que se le plantean de manera que carezcan de influencia extraña de cualquier índole. La misma puede advertirse en sus publicaciones, conferencias, discursos, ponencias y demás manifestaciones cognoscitivas de su hoja de vida.

Los anteriores factores no surgen por arte de magia ni birlibirloque; su fuente de origen se encuentra en los siguientes lugares: Las academias, institutos y organismos especializados en Derecho; Las facultades de Derecho de las universidades; Las organizaciones civiles, religiosas y de Derechos Humanos; El Banco de Evaluaciones del Órgano Judicial; Las organizaciones de abogados litigantes; Las organizaciones de docentes y estudiantes universitarios en Derecho; Los medios de captación y transmisión de la opinión pública.

Espero que este aporte sirva a nuestros gobernantes para que cuenten con un manual de elementos adicionales para la escogencia de los nuevos magistrados de la Corte Suprema de Justicia, competentes, pertinentes y, sobre todo, independientes.

*Abogado litigante y docente universitario. csantana@cableonda.net

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