• 17/05/2010 02:00

Volviendo al cuarto poder del Estado

Decíamos hace algunas semanas: El poder soberano ha sido limitado por medio de normas y mecanismos de reforma o constituyente. Cuando al...

Decíamos hace algunas semanas: El poder soberano ha sido limitado por medio de normas y mecanismos de reforma o constituyente. Cuando al Soberano se le marcan pautas para poder hacer, con ello en verdad limitan su poder soberano. El Soberano, que debe tener el poder absoluto de decidir cuándo quiere dictar una nueva carta magna, no lo tiene. Que diga el pueblo en referéndum si quiere o no una constituyente.

Este ha sido constreñido con supuestas normas concesionarias que en verdad lo que son es limitantes, porque para actuar, se le enmarca en lo que se le permite hacer. Es hora de que el Soberano recupere su poder absoluto, de que decida su propia suerte, sin la coyunda que le están imponiendo los políticos por medios de normas limitantes.

El Órgano Legislativo constituye su voz, pero no constituye hoy su voluntad, pues han desplazado al Soberano a un segundo plano.

Decíamos en otro escrito que si el Tribunal Electoral es por excelencia la institución en donde verdaderamente el Soberano expresa su voluntad, entonces es a través de esa misma institución en donde debe surgir cualquiera intención de renovación total de una Carta Magna por medio de una genuina Constituyente.

Si el Soberano quiere una constituyente debe bastar una petición formal de una cantidad determinada de ciudadanos, sin ir al absurdo de la exageración, la que bastaría para que el Tribunal Electoral la acoja y convoque a un Referéndum y que el Soberano determine si quiere o no una nueva Constitución. Así nacería una nueva Carta Magna mediando la convocatoria de una constituyente.

Con la actual Constitución Militarista nunca habrá una Constituyente Genuina, como ocurriera en 1945, cuando surgió la Constitución de 1946, la más avanzada en su momento en el Continente.

El momento en que vivimos, nos debatimos en cambios que no pueden ser desestimados y una nueva Carta Magna debe estar inspirada en las corrientes modernas del pensamiento en todos los aspectos del quehacer nacional.

Urge la participación de Constitucionalistas, que viertan sus conocimientos en forma amplia, para la redacción de un borrador, tal como en aquella época, entre otros, hiciera el Dr. José Dolores Moscote, y que podrían redactar Constitucionalistas de renombre, como el Dr. Carlos Bolívar Pedreschi, el Dr. Ítalo Antinori, entre otros, para no alargar la lista de ciudadanos meritorios, sometida a discusión antes del Referéndum.

Y en una nueva Constitución, el Tribunal Electoral como verdadero receptor de la voluntad soberana debe ser elevado a la categoría de Cuarto Órgano Soberano del Estado panameño, en donde permanezca inalterable la voluntad soberana de los panameños en cualquier momento sin cortapisas de una ninguna índole. Así son las cosas.

*Empresario.juramor777@hotmail.com

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