• 14/10/2010 02:00

Sobre la condena penal a periodistas

Inicio por manifestar, gracias a ese derecho de libertad de expresión que existe en Panamá, que no conozco a la periodista Sabrina Bacal...

Inicio por manifestar, gracias a ese derecho de libertad de expresión que existe en Panamá, que no conozco a la periodista Sabrina Bacal y al ahora abogado Justino González, por lo que emitiré una opinión de manera objetiva, respecto a la condena que les impuso el Segundo Tribunal Superior de Justicia, mediante Sentencia No. 250-S.I. de 28 de septiembre de 2010, por ser responsables del delito de calumnia en perjuicio de los ciudadanos Rosendo Rivera y Aida Castro, porque si los conociera o yo trabajara en la televisora TVN, no hay duda que me solidarizara con ellos 100%, sin necesidad de leer la mencionada sentencia, que ha sido cuestionada específicamente por parte del gremio de comunicadores sociales, porque en mi criterio el solo saber que existe una pena de prisión e inhabilitación para ejercer la profesión, es suficiente para estar en contra de la misma.

No obstante lo anterior, como vivimos en un Estado de Derecho, donde deben respetarse las instituciones y el sistema jurídico que hemos acogido, en este caso, de la doble instancia, donde un tribunal superior puede revisar la decisión de un juez de inferior jerarquía, es por lo que hay que respetar la sentencia condenatoria, en aras del principio de independencia judicial y del sistema de legalidad; pese a las críticas que se le hacen a nuestros juzgadores, donde muchos se han quedado en la obsoleta aplicación de un positivismo—legalista riguroso, más que en la aplicación de principios, específicamente en el respeto de los derechos humanos. La interrogante que nos hacemos, entonces, es: ¿se trata de un problema de hombres o de leyes?

Si nos ponemos en los zapatos de los magistrados que emitieron la sentencia, verán que la tarea de administrar justicia no es fácil, porque ellos deben aplicar una sanción de prisión que establece nuestro Código Penal y que no es inventada caprichosamente, a un hecho que consideraron delito —calumnia—, al divulgarse una información que no fue verificada, lo que provocó graves perjuicios a los ofendidos Rivera y Castro, por vinculárseles a una supuesta red de traficantes de personas. De no aplicar el Tribunal Superior una sanción, estarían propiciando la impunidad. Es como si alguien cometiera otro tipo de delito, como puede ser un homicidio, y que de considerar el Tribunal su culpabilidad y responsabilidad, no apliquen sanción alguna.

Es entendible que en el calor de este debate se trate fácilmente de endilgar la culpa de la condena a los periodistas Bacal y González, a la Corte Suprema de Justicia, la cual se hace muy a menudo de forma errónea, como si la Corte fuese parte del universo de personas que conforman el Órgano Judicial, así como al gobierno de turno, lo que es común observar en el mundo, porque la libertad de expresión le resulta incómodo a los políticos, puesto que los somete a un permanente escrutinio y una constante crítica.

Por ello, considero que este es el momento oportuno para abrir un debate nacional donde se analicen las normas referente a los delitos contra el honor de la persona natural —porque también existe de la persona jurídica en otros países—, a fin de establecer nosotros como país, si deseamos que dicho delito sea sancionado solo con el resarcimiento económico o pecuniario y no con prisión.

Este tema definitivamente no es fácil de tratar en nuestra cultura panameña, que se caracteriza por tener a veces una epidermis muy débil, porque para algunos la libertad de expresión y el derecho a la información es aquella que no tiene mayor restricción legal, que aquella plasmada en un Código de Ética; sin embargo, aunque no se tenga un animus injuriandi (intención o dolo de causar un daño a la persona del ofendido), se puede perjudicar con facilidad la reputación o divinidad de una persona al momento de divulgarse una noticia, violándose uno de los derechos fundamentales más preciados, como es la presunción o estado de inocencia. Solo hay que ver el ejemplo reciente de la cadena de red social Twitter, similar a Facebook, cuando se esparció un supuesto mensaje del escritor colombiano Gabriel García Márquez, con motivo del Nobel de Literatura a Mario Vargas Llosa, que los medios confirmaron como falso.

Espero se dé un debate de altura y no se abuse de la manipulación de masas como podría estar dándose. De ahí que muchos autores a través de la historia hayan denominado a la prensa como un cuarto Poder del Estado.

*ABOGADO Y DOCENTE UNIVERSITARIO. DOCTOR EN DERECHO.

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