• 11/11/2010 01:00

Control Previo, como norma constitucional

Todo parece indicar que la decisión de la contralora Gioconda Torres de Bianchini, es eliminar el Control Previo. Tal decisión se eviden...

Todo parece indicar que la decisión de la contralora Gioconda Torres de Bianchini, es eliminar el Control Previo. Tal decisión se evidencia mediante la recién emitida Resolución 898—DFG, de 25 de octubre de 2010, Gaceta Oficial número 26652—A, donde exceptúa a los Ministerios de Salud y Obras Públicas.

Esta decisión ha sido respaldada por el presidente Martinelli, quien argumentó favoreciendo la medida, al expresar que ‘El control previo es irrelevante, porque si se tienen funcionarios que son corruptos van a robar antes o después’.

De igual manera, los ex contralores Rubén Darío Carles, José Chen Barría y Alvin Weeden, documentados en su experiencia, han manifestado su posición a favor del Control Previo que lleva la Contraloría General, por mandato constitucional, ratificado en dos diferentes referéndums.

Personalidades de renombre, gran valía y reconocimiento en la materia, concuerdan en que el ‘Control Previo, como norma establecida en la Constitución Nacional, debe mantenerse y reforzarse a toda costa’. Se llama la atención sobre el peligro existente en las contrataciones directas.

Eruditos en materia fiscal, coinciden en que la Contraloría General, como organismo estatal independiente, mediante su papel de fiscalización (control previo y posterior), representa la salvaguarda de los intereses ciudadanos. Le corresponde interactuar coordinadamente los procedimientos de control interno, de forma tal, que las instituciones alcancen los objetivos estratégicos propuestos y logren el buen funcionamiento de la administración pública.

En foros internacionales de fiscalizadores, no se llega a un consenso sobre la eliminación del control previo, debido probablemente a la importancia de que exista una rigurosa separación entre la fiscalización externa y las administraciones institucionales de ejecución, de tal forma que los organismos de control puedan fiscalizar con total independencia y sin conflicto de intereses.

El presidente Martinelli argumenta que: ‘... aquí se han robado este país con control previo y entonces eso no significa nada, lo que se tiene que tener es gente honesta que haga las cosas bien y no se robe los recursos’.

Estas declaraciones deben llevarnos a una profunda reflexión. Lo indicado por el presidente se da en función a la mala práctica instaurada, producto del contubernio en la alternancia del poder político, donde prevalecen los acuerdos de la partidocracia, en detrimento de la ciudadanía.

Expertos en corrupción concuerdan en que ‘la debilidad del control interno’ en las administraciones, representa peligro. Al permitirles ejercer el control previo se corre el riesgo de incrementar los malos manejos, con poca o ninguna probabilidad de resarcir al Estado de las pérdidas o desgreños.

Las buenas intenciones del presidente no son suficientes. La población solicita prudencia a los funcionarios de alto nivel, decisiones consultadas y que los administradores conozcan mejor la ley, acaten las normas y cumplan con los procedimientos de forma adecuada, transparente, con objetividad, honestidad y sentido común. Así como de estamentos jurídicos que apliquen la ley y garanticen la recuperación de fondos y el resarcimiento de los daños causados al patrimonio del Estado.

*ECONOMISTA Y EDUCADORA.

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