• 21/05/2015 02:00

Pueblos Originarios, Estado y empresas industriales

En particular, los megaproyectos generan graves problemas para los derechos indígenas

Pese a que los Pueblos Indígenas de todas las regiones del país viven en tierras y territorios que contienen una gran riqueza de recursos naturales, siguen contándose entre los pueblos más vulnerables del país, debido a siglos de marginación y discriminación. Muchas de las tierras tradicionales de los Pueblos Indígenas, todavía inexplotadas, son consideradas por el Gobierno y el sector privado como oportunidades de crecimientos económico y beneficios exclusivos y la relación especial de los Pueblos Indígenas con sus tierras —elemento fundamental para su supervivencia espiritual, religiosa, cultural y física— a menudo se opone a esos intereses.

La historia de las relaciones entre los Pueblos Indígenas, Estado y las empresas industriales está plagada de conflictos y a menudo se caracteriza por la explotación y las violaciones de las libertades fundamentales y los DDHH que sufren las comunidades indígenas, incluidos los derechos a las tierras, los territorios y los recursos naturales y ambiente sano.

Las industrias extractivas — extracción de minerales, petróleo y gas— han demostrado ser especialmente problemáticas y continúan teniendo efectos desproporcionados sobre los Pueblos Indígenas. En particular, los megaproyectos generan graves problemas para los derechos indígenas. Esos megaproyectos — como la minería, el petróleo, la extracción de minerales, gas, madera, la plantación de monocultivo y las represas hidroeléctricas— tienen repercusiones que incluyen daños ambientales a las tierras tradicionales; además de la pérdida de cultura, conocimientos tradicionales y modos de vida; y, a menudo, tienen como resultado conflictos y desplazamientos forzados, una mayor marginación, aumento de la pobreza y una declinación en la salud de los Pueblos Indígenas.

Si bien la mayor parte de los problemas sigue relacionándose con el establecimiento de la responsabilidad social y la toma de conciencia de los Estados y las empresas, existen ejemplos de prácticas en las cuales los intereses de los Estados y del sector privado no coinciden con el bienestar de las comunidades indígenas.

Las normas jurídicas internacionales, incluidas las establecidas en la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, proporcionan la base para que las empresas, los Gobiernos nacionales y las organizaciones internacionales elaboren y pongan en práctica políticas y leyes para la protección de los DDHH de los Pueblos Indígenas en relación con las actividades de las empresas industriales.

El Foro Permanente de las Naciones Unidas sobre las cuestiones indígenas ha recomendado que esas políticas incluyan:

—Obtener el consentimiento libre, previo e informado de las comunidades indígenas afectadas por la explotación de las tierras y los recursos y que los Pueblos Indígenas participen en un pie de igualdad y con representación jurídica, en caso necesario, en negociaciones sobre la forma de compartir beneficios.

—Respetar los derechos indígenas en todas las etapas del proceso de explotación de recursos. Si emplean a trabajadores indígenas, las empresas deben garantizar que se respeten las normas laborales internacionales y que los empleados indígenas no sufran discriminación debido a su carácter indígena, con particular atención a las mujeres indígenas.

—La aprobación por las instituciones financieras internacionales de un enfoque basado en los derechos, con respecto a la financiación de proyectos que tengan repercusiones en los Pueblos Indígenas, teniendo en cuenta los principios de igualdad y equidad, responsabilidad, habilitación y participación.

—El respeto de las culturas, las tradiciones y las costumbres de las comunidades indígenas locales y la utilización de los conocimientos y experiencias tradicionales de los Pueblos Indígenas en la protección ambiental y desarrollo sostenible.

En conclusión, hacemos algunas interrogantes: ¿Benefician realmente estos megaproyectos ubicados dentro de los territorios indígenas? Si la repuesta es sí, veamos un ejemplo, la Hidroeléctrica de Bayano. ¿Por qué a los hermanos guna de Madugandí no les ha llegado el desarrollo y siguen alumbrándose con querosín, guarichas y velas, tienen escuelas rancho con pisos de tierra y su pobreza aumenta cada vez más, sin vislumbrarse mejoría en el futuro?

Y, si las empresas industriales y el Estado cumplen con las normas jurídicas nacionales e internacionales, ¿por qué la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en Washington y San José, Costa Rica, dan sentencias a favor de los Pueblos Indígenas y en contra del Estado? ¿O acaso no es cierto? La justicia panameña para los Pueblos Indígenas es ciega, sorda, muda y excluyente. Ningún pueblo indígena o no indígena está obligado a suicidarse en nombre del desarrollo y para el beneficio de una élite empresarial.

EXLEGISLADOR DE LA REPÚBLICA Y DOCENTE.

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