• 16/03/2016 01:00

A diez años de la reforma a la Ley Orgánica de la CSS

El 1 de junio de 2005, el Gobierno del entonces presidente Martín Torrijos aprobó la Ley 17

El 1 de junio de 2005, el Gobierno del entonces presidente Martín Torrijos aprobó la Ley 17, por medio de la cual se reformaba la Ley orgánica de la Caja de Seguro Social (CSS). Como consecuencia de los movimientos sociales que provocó esta reforma, la Ley 17 es suspendida mediante la Ley 23 de ese mismo año y se convoca a un gran Diálogo Nacional.

Luego de un intenso proceso, la sociedad panameña allí representada consensuó una serie de acuerdos que luego fue materializada a través de la expedición de la Ley 51 del 27 de diciembre de 2005.

En dos temas se concentraron los acuerdos alcanzados: (i) la sostenibilidad financiera del Riesgo de Invalidez, Vejez y Muerte; y (ii) el dotar a la CSS de nuevas herramientas contributivas y administrativas para el cobro de las cuotas y el combate a la evasión. Las reformas al Riesgo de Enfermedad y Maternidad, así como los Riesgos Profesionales fueron postergados para una discusión posterior.

En cuanto a la sostenibilidad financiera del Riesgo de Invalidez, Vejez y Muerte, el acuerdo más importante y trascendental fue, sin duda, el de separar el problema financiero entre generaciones.

Por un lado se atendió la necesidad de establecer un sistema financiero que garantizara a las generaciones futuras el acceso a una pensión, a través de la creación de nuevo sistema mixto o compuesto que incorpora por primera vez un componente de cuentas individuales; y por el otro, se segregó a los pensionados existentes, junto con la generación que se pensionaría en los próximos 30 años y se les mantuvo en un sistema de reparto que la Ley denominó Subsistema Exclusivamente de Beneficio Definido (SEBD), el cual se ha visto parcialmente reforzado con ingresos adicionales, producto de un fideicomiso especial creado para tales fines.

La propuesta quizá no fue perfecta, pero fue el mejor acuerdo que en esa coyuntura se pudo consensuar a través del Diálogo, reconociendo que, aunque las medidas adoptadas no resolvían el problema, era un paso en la dirección correcta.

Con respecto al SEBD que es donde hoy existe un déficit actuarial significativo, se acordó que no era posible imponer medidas aún más enérgicas de las ya adoptadas, pues el sacrificio asumido en la Ley 51 era demasiado alto para una sola reforma. Por ello, se consensuó que le correspondería a las administraciones posteriores atender paulatinamente y en forma escalonada, reformas subsecuentes, sin perjuicio de que la reforma del 2006 detuvo el déficit corriente.

Lamentablemente, la administración de la CSS durante el periodo 2009-2014 no cumplió con este acuerdo y, por el contrario, no emitió estados financieros por más de cinco (5) años y confundió a la ciudadanía hablando irresponsablemente de la existencia de superávits, ignorando a propósito el problema de fondo.

La actual administración por otro lado, ha reconocido públicamente la dimensión del problema y ha señalado la necesidad de convocar a un nuevo Diálogo por la CSS; sin embargo, resulta contradictorio que hayan indicado como condición que en estas discusiones no se considerará el aumento de la edad de retiro o el aumento de las cotizaciones.

Ciertamente estas no son las únicas soluciones y ambas tienen un alto costo político, pero todas las opciones deben ponerse en la mesa y no excluirse ninguna, pues deberá ser en la coyuntura del debate nacional que se deben analizar y proponer las medidas subsiguientes a adoptar. El hecho cierto del envejecimiento de la población, fenómeno demográfico que afecta al mundo entero, reclama que el tema de la edad, al menos, sea discutido obligatoriamente.

En este sentido, el actual Presidente de la República manifestó durante su último mensaje a la nación que esta convocatoria se realizaría una vez culmine la ampliación del Canal de Panamá, lo que deja entrever que aparentemente ya se ha tomado la decisión de destinar en forma directa parte de los dineros que produzca el Canal ampliado para solucionar la situación del SEBD, tal como lo propuso Frenadeso en el año 2005.

Sin perjuicio de lo anterior, confiamos en que se cumpla la palabra empeñada y que este impostergable proceso inicie antes del 2019, de forma que no se pretenda traspasar el problema a las siguientes administraciones, pues las consecuencias serían financieramente catastróficas.

ABOGADO Y DOCENTE.

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