• 05/05/2017 02:01

Medicamentos y leyes... Una opinión

¿No será que el Decreto ‘agilizador' es parte de las exigencias de las empresas farmacéuticas?

Los medicamentos pueden ser analizados desde varias perspectivas; entre otras, la regulación, la comercialización, la compra, el suministro, la distribución y el control del uso por la población, por mencionar solo algunos. Toda vez que el monto anual destinado a la compra, tanto por la CSS como por el Ministerio de Salud, es una suma significativa, el cambio de figuras a nivel de las decisiones o el surgimiento de nuevas disposiciones, solo sorprenderá a pocos; el hecho más ilustrativo lo tenemos en el Decreto Ejecutivo No. 58, del 28 de marzo de 2017, que ‘establece el procedimiento abreviado para el registro sanitario de medicamentos...'. Veamos, en este contexto, algunos puntos.

Lo primero que destaca es la implementación de la normativa de ‘organismos internacionales acreditados' y de algunos Estados productores de medicamentos, en virtud de ‘sus altos estándares sanitarios', absteniéndose, consecuentemente, del deber de cuidado que como Estado soberano debe cumplir, a fin de garantizar, responsable y objetivamente, la salud de toda la población, precisamente porque la salud tiene el carácter de esencial. Salvo demostración en contrario, esta iniciativa constituye un reconocimiento tácito de la incompetencia de los regentes del Estado y de su absoluta subordinación a los intereses de la industria farmacéutica. Dislate ‘sustentado' con dos considerandos: ‘1.- Que el Ministerio de Salud, a través de Farmacias y Drogas, reconoce que las actividades de regulación y control que realizan los países mencionados, de alto estándar garantizan un nivel de protección y prevención de riesgo igual al que permite la institucionalidad y normativa de la República de Panamá. Por tanto, 2.- Se relevará a la autoridad sanitaria nacional de la realización del análisis de laboratorio señalado por ley, para la obtención de los registros sanitarios'.

Cabe preguntarnos: ¿cuál era la normativa de la autoridad sanitaria nacional que regía al momento en que se aprobó la compra del Dietilenglicol? ¿Alguna autoridad administrativa de la CSS o del MinSalud o algún funcionario del Ministerio Público revisaron el Acta donde se aprobó dicha compra? ¿Investigó la Junta Directiva de la CSS los procedimientos relacionados con el trámite de compra de la supuesta glicerina? ¿Cuál fue el papel de la Dirección de Farmacovigilancia? En materia de medicamentos, lo racional y procedente es extremar precauciones; la estricta observancia de las normas, así como la rigurosidad para que se cumplan todas y cada una de las medidas de seguridad, de modo que, contrario a la ligereza de las autoridades de Salud, al instaurar un procedimiento abreviado, lo que se impone precisamente es incrementar los controles, asignando para ello financiamiento, recurso humano calificado, infraestructura y tecnología apropiada para garantizar óptima calidad, eficacia y máxima seguridad, de manera tal que al país solo entren medicamentos que no impliquen riesgos para la salud de la población. Pero lo que pareciera estar oculto tras el velo del interés en proteger la salud pública, son las transacciones con las empresas comercializadoras, que con la flexibilización de las normas y el relevo de los controles, deber tanto de la Dirección Nacional de Farmacias y Drogas como de la Comisión Nacional de Farmacovigilancia, serían mucho más ágiles y de más difícil control, lo que bien podría facilitar sobreprecios, coimas y otras formas de filibusterismo.

El decreto ‘benefactor' consigna a la FDA como faro de referencia luminosa, ignorando, deliberadamente, que la mayoría de los ensayos clínicos, previos a la aprobación de esta agencia, se realizan en países en vías de desarrollo, donde los costos son menores, es más fácil reclutar pacientes; los controles son menos rigurosos e incluso inexistentes, donde la administración de justicia es manejable o abiertamente corrupta. Francis Bacon dijo: ‘No hay cosa que haga más daño a una nación como el que la gente astuta pase por inteligente'. En efecto, el abreviar el procedimiento para el registro sanitario y el relevar a las autoridades nacionales de las pruebas para el control de los medicamentos, podría parecer astucia, pero la peor catástrofe, a nivel mundial, por envenenamiento masivo con el dietilenglicol aún está muy fresca. ¿No será que el Decreto ‘agilizador' es parte de las exigencias de las empresas farmacéuticas?, para obtener mayores ganancias...

¿Ud. qué opina?

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