• 20/07/2017 02:00

Formas de pago en los comercios

Más aún, ¿se ha encontrado Usted ante una situación en que el proveedor le cobra un precio si el pago es en efectivo y otro si es en tarjeta de crédito?

¿Alguna vez ha tenido la experiencia de hacer fila para comprar y al llegar a la caja le indican que no aceptan tarjetas de crédito o débito, o que solo reciben pagos en efectivo? Esta molestosa circunstancia es una falta de información por parte de los agentes económicos.

La Ley 45 de 31 de octubre de 2007, que dicta normas sobre protección al consumidor y fundamentada en uno de los derechos universales del consumidor, establece el derecho que tiene el consumidor de recibir toda la información clara y veraz sobre los productos y servicios que se brindan.

Más aún, ¿se ha encontrado Usted ante una situación en que el proveedor le cobra un precio si el pago es en efectivo y otro si es en tarjeta de crédito?

Parecieran circunstancias aisladas, pero son situaciones, por no decir prácticas, que, en pleno desconocimiento de la ley, realizan algunos agentes económicos y que muchas veces los consumidores se someten por desconocer sus derechos.

El Decreto Ejecutivo 46 de 23 de junio de 2009, que reglamentó la aludida Ley 45 de 2007, establece en el artículo 6 los medios de pagos y justamente señala que el agente económico está obligado a no efectuar diferencia de precios cuando realice operaciones comerciales al contado y con tarjeta de créditos o débitos.

Como consumidores tenemos derecho a recibir información clara y veraz y esto infiere que en los establecimientos comerciales, antes de la apertura al local, deberá exponerse de manera legible que ese lugar acepta determinado medio de pago, sin que sea exclusivo el uso de tarjetas que, aun cuando representa dinero, no se podrá obligar solo al pago con estas. Es decir, que el pago en balboas o dólares, moneda de curso de legal en la República de Panamá, no puede eliminarse, sino que el espíritu de la disposición es evitar hacer filas para pagos en comercios, que limitan su pago de un solo modo, cuando el consumidor no dispone de esa forma y que, por tanto, debería conocer previamente.

ABOGADA Y DOCENTE UNIVERSITARIA.

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