Juicio Odebrecht, lo que dijo la primera testigo

  • 27/01/2026 11:18
‘Las donaciones básicamente eran manejadas a lo interno del partido político. Podían por resoluciones establecer quiénes eran los que se iban a ocupar de eso’, manifestó Campo.

Este martes 27 de enero se reanudó el Juicio Odebrecht en el palacio de justicia Gil Conte. El Ministerio Público llamó a su primer testigo: la directora ejecutiva institucional del Tribunal Electoral, Yara Campo.

La fiscal Jenisbeth Malek fue la encargada de realizar el interrogatorio por parte de la Fiscalía, mientras que Alexis Rivera haría su parte en representación de los querellantes.

Campo empezó definiendo las donaciones privadas como financiamiento recibido de fuentes particulares. También detalló que tenían que ser registradas y que la información era confidencial, aunque el Ministerio Público la podía solicitar si había indicios a la violación de la ley penal.

“Las donaciones básicamente eran manejadas a lo interno del partido político. Podían por resoluciones establecer quiénes eran los que se iban a ocupar de eso”, manifestó Campo.

Reformas implementadas por el Tribunal Electoral introdujeron cuatro motivos para prohibir donaciones. Se trataba de si el estado era accionista de una empresa donante, si provenían de una persona jurídica sin actividad económica en Panamá, si eran anónimas o si provenían de gobiernos extranjeros.

El punto clave para la Fiscalía eran precisamente las personas jurídicas sin actividad económica en Panamá, que podían ser sociedades offshore.

Campo también detalló las obligaciones del tesorero de campaña, que son ser responsable de los dineros recibidos, que las cuentas estén en orden y que no se caiga en alguna de las prohibiciones.

El abogado defensor, Arturo Saurí, representante del extesorero del Partido Panameñista Carlos Dubois, procedió con el contrainterrogatorio.

Cuestionó a la funcionaria del Tribunal Electoral si conocía de alguna sanción al Partido Panameñista o a Carlos Dubois. Campo respondió que no. También detalló que las sanciones en esa época eran de mil a 25 mil dólares y eran clasificadas como faltas.

También se precisó que no había obligatoriedad de tener tesorero de campaña para la campaña de 2014 y que no estaba regulada esa figura.

Erasmo Muñoz, abogado de Jaime Lasso, exmiembro del comité de Finanzas del Partido Panameñista, fue el siguiente en ejercer el contrainterrogatorio.

Preguntó sin para el período electoral 2014-2019 las donaciones privadas eran exclusivas para campañas. Campo respondió que no, que para ese periodo también eran permitidas para el funcionamiento en el caso de partidos políticos. Estas donaciones podían darse en cualquier periodo, y tenían que ser reportadas al Tribunal Electoral.

Muñoz luego preguntó si existía límite para partidos políticos en períodos no electorales. Le respondieron que no existían.

En cuanto a la figura del tesorero, preguntó si cualquier persona autorizada por el partido podía recibir dinero. Campo respondió que la donación se hacía al partido o al candidato, apuntando que los esquemas que utilizaban los partidos y los candidatos a lo interno podían ser a través de una persona autorizada, pero tenían que ser reportadas e ingresadas a la cuenta respectiva.

Al preguntársele si se había investigado al Partido Panameñista o a Jaime Lasso por donaciones trianguladas al partido.

“No que recuerde. Además, realmente era una prohibición pero no tenía básicamente una sanción. Estoy hablando en la jurisdicción electoral,” replicó Campo.

También se confirmó que para el periodo electoral 2009-2014 no era prohibido recibir donaciones por parte de contratistas del Estado.

Alma Cortés, abogada defensora del expresidente Ricardo Martinelli, preguntó sobre el velo de confidencialidad, si estaba vigente la regulación a la publicidad y si se investigó a Martinelli para el periodo electoral 2009-2014.

Campo respondió que el velo de confidencialidad se mantenía sobre la información respecto a las donaciones, que no estaba vigente aún la regulación sobre publicidad y que no tenía conocimiento de investigaciones a Martinelli respecto a donaciones electorales para ese período.

Cortés también preguntó sobre la legitimidad de las donaciones de una empresa como Odebrecht, que tiene sede fuera del país pero realiza actividades económicas en Panamá.

“Si la actividad económica era realizada en Panamá, la donación era lícita”, respondió la testigo.

Fernando Morales, abogado defensor de José Domingo Arias, preguntó a Campo sobre la distinción entre partidos políticos y candidatos.

Campo respondió que la diferencia es que las donaciones para partidos podían ser usadas para funcionamiento, mientras que las de candidatos eran solo para la campaña electoral. Los candidatos son responsables por las donaciones a sus campañas y los partidos por las donaciones al partido.

Morales luego preguntó sobre las sanciones en caso de cumplimiento. Campo respondió que eran sanciones pecuniarias de cien a mil dólares para partidos políticos y para los candidatos de cincuenta a quinientos balboas si presentaban la declaración a destiempo.

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