• 07/09/2019 02:00

Las APP o nuevas trespatinadas para desmantelar el Estado (I)

‘La idea es sacar de la competencia a las instituciones del sector público que puedan ser eficientes y a los propietarios de pequeños capitales nacionales; solo entran [...] los propietarios de capitales monopolistas locales e internacionales'

Durante los años noventa del siglo pasado, Inglaterra inicia una modalidad de entregar al sector privado la realización de algunas funciones otrora facultativas del Estado, conociéndose esta como Asociación Público-Privada (APP). En 2004, este país incluye la aplicación de instrumentos de evaluación llamados ‘Valor por dinero' (‘Value for money') para decidir cuándo el Estado incurría en estas APP.

En nuestro país, si bien hay experiencias que anteceden a lo que se está vendiendo como una novedad, el ímpetu por normar esta modalidad aparece como iniciativa formal de los grupos privatizadores, en el 2011. El nombre de Alberto Vallarino aparece promoviendo el proyecto de ley correspondiente, en calidad de ministro del MEF. En realidad, este documento y el que se discute en la Asamblea Nacional actualmente no guardan diferencias sustanciales entre sí, lo que hace indistinto que hablemos de una o de otra iniciativa legislativa respecto a este tema; además de que nos sugiere que la mano —clase social— que mece la cuna de esta modalidad es la misma en las dos fechas.

En ambas se hace referencia a que, por ejemplo, los convenios amparados por esta modalidad jurídica se basarán en principios tales como el que hace uso de ‘Valor por dinero' (‘Value for money'). Sin embargo, —y ya aquí comenzamos a observar las leguleyadas propias de Tres patines— el concepto al que se refiere este principio dista sustancialmente con el expuesto en el proyecto de ley que avanza en la Asamblea de diputados.

En este proyecto se propone que ‘El mecanismo que se utilice por el sector público para la adjudicación de una APP debe asegurar que el servicio público sea suministrado por aquel contratista que pueda ofrecer una mayor calidad a un determinado costo o los mismos resultados de calidad a un menor costo. De esta manera, se busca maximizar la satisfacción de los usuarios del servicio, así como la optimización del valor por dinero proveniente de los recursos públicos'. (Proyecto de ley Que crea el Régimen de Asociación Público-Privada (APP), 2011, Capítulo II, Principios y Definiciones, artículo 5).

La aplicación ‘valor por dinero' consiste en: ‘evaluar si el dinero público sería mejor utilizado otorgando un proyecto de inversión pública a la iniciativa privada o manteniéndose bajo la gestión de la administración pública competente'. (Suto, Fénix, 2014) empero, lo que se lee entre líneas en el artículo del proyecto de ley citado, es que se habla de los mejores contratistas, pero... del sector privado; se invisibiliza la opción de que entidades públicas resulten más favorables a los intereses del país.

Se trata de una vieja treta de las élites económicas que impulsan reformas del Estado para legalizar su atraco a los activos y recursos que pertenecen a toda la sociedad panameña.

Por ejemplo, ese principio se aplicó en 1985 cuando el director de la CSS de esa época, Ing. Káiser Bazán, quiso vender la idea de entregar los servicios hospitalarios de esa institución al empresariado privado, señalando públicamente que lo haría porque salía más barato pagarlo afuera que ofrecerlo en la propia institución. Por fortuna, no alcanzó a ejecutarlo, porque cometió el ‘error' de encargarle a una oficina especializada —en la que yo laboraba— hacer un estudio que comparara los costos de los distintos servicios con lo que esperaba justificar su acción privatizadora.

El resultado fue que algunos servicios como el pediátrico resultaban más costosos que el de hospitales privados, pero en el Hospital del Niño resultaba mucho más barato y con calidad adecuada que en cualquiera de los demás hospitales. En tal caso, la decisión debió haber sido hacer un convenio (Asociación Pública-Pública) con el Hospital del Niño para que este ofreciera los servicios de interés, logrando las economías que decía buscar para la CSS. Como esto no era del interés del señor Bazán, simplemente archivó los estudios que ridiculizarían sus argumentos iniciales y las organizaciones de trabajadores de los sectores público y privado se pusieron en guardia al respecto.

La idea es sacar de la competencia a las instituciones del sector público que puedan ser eficientes y a los propietarios de pequeños capitales nacionales; solo entran en esta carrera los propietarios de capitales monopolistas locales e internacionales. A estos representaba el señor Bazán en 1985 y eso es lo que aspira legalizar el régimen de las APP, 34 años después.

SOCIÓLOGO Y DOCENTE DE LA UP.

Durante los años noventa [...], Inglaterra inicia una modalidad de entregar al sector privado la realización de algunas funciones otrora facultativas del Estado, conociéndose esta como Asociación Público-Privada (APP)'

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