• 05/10/2020 00:00

Prevención del delito y seguridad ciudadana

García Pablos de Molina, prestigioso criminólogo español, nos dice que “el crimen es un doloroso problema social y comunitario cuya prevención interesa al Estado y a los particulares”.

García Pablos de Molina, prestigioso criminólogo español, nos dice que “el crimen es un doloroso problema social y comunitario cuya prevención interesa al Estado y a los particulares”.

En este sentido, consideramos oportuno proponer el inicio de una discusión sobre qué queremos y podemos hacer los panameños para enfrentar la delincuencia en el país.

Al igual que García Pablos, somos de la opinión de que reducir la delincuencia no es una tarea que se pueda lograr por sí sola, confiando únicamente en el efecto disuasorio de la pena y en la tarea específica que realiza el Ministerio Público, al investigar los hechos punibles y, de otra parte, de los jueces del Órgano Judicial, al llevar los delitos tipificados por el Código Penal a una sentencia donde se decide la culpabilidad o no del acusado.

Y a propósito de lo anterior, es necesario recordar que nuestro Código Penal de 2007, en su artículo 3, consagra el principio de “Ultima Ratio”, estableciendo que “la legislación penal solo debe intervenir cuando no es posible utilizar otros mecanismos de control social. Se instituye el principio de su mínima aplicación”. Con lo anterior, queda claro que la reducción de la criminalidad en general, y garantizar la seguridad ciudadana, no se resuelve dejando todo en manos del Derecho Penal o de la amenaza de la pena.

En este contexto, salta a la vista una dimensión objetiva de la criminalidad, “la criminalidad real”, basada en hechos y estadísticas ciertas y otra la dimensión subjetiva de la criminalidad, la muy popular “percepción”, donde nos valemos de la opinión de la seguridad de los ciudadanos, dato de difícil cuantificación, pues entramos a discusiones sobre la posibilidad del riesgo, sea real o percibido.

En el caso de nuestro país, en materia de seguridad ciudadana el Estado panameño se encuentra con la dicotomía de tener que reducir la comisión de delitos y a su vez lograr que el ciudadano se “sienta” más seguro. Sin embargo, todo lo anterior no puede lograrse mientras las altas autoridades (no) comprendan que el Derecho Penal -en general, el crear delitos y penas nuevas o el aumentarlas- no logrará satisfacer los retos en temas de prevención.

En consecuencia, lo que se requiere es una revolución integral, un consenso general, tanto del sector público como del sector privado y de la sociedad civil, siendo importante el papel de la participación policial para esa reducción de la criminalidad, la participación de carácter comunitario, donde se “note” la presencia policial y por ende, una mayor interacción con la comunidad, acompañado de herramientas tecnológicas de corte policial, y apoyado con herramientas educativas, atención psicológica y médica directa, a fin de instaurar ese sentimiento de seguridad en el ciudadano.

Además de lo antes expuesto, no está de más señalar que es necesario tener presente la prevención situacional del delito; es decir, establecer estrategias para hacer que las posibilidades de cometer delitos sean más difíciles o menos beneficiosas para el delincuente.

Nada de lo expuesto es una panacea, pero podemos aplicarlo a delitos específicos (hurto o robo, por ejemplo) y con la debida paciencia encontrar controles no penales que ayuden a la reducción de la criminalidad, pues esta pandemia ha demostrado que la criminalidad no se detiene.

Profesor de Derecho Penal, Universidad de Panamá.
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