• 24/12/2021 00:00

Hablemos de tributos

“Hoy, es la responsabilidad de los ciudadanos pagar los impuestos que el Estado establece para cubrir las necesidades de inversión en obras públicas y su funcionamiento”

Es obligante, para mí, hacer un reconocimiento a mis dos maestros romanistas, que me inculcaron el aprecio a unas de las asignaturas del pénsum académico en la Facultad de Derecho, me refiero al siempre recordado magistrado y profesor Dr. Camilo Pérez, mejor conocido como Bona fide, catedrático de Derecho Romano en primer año, también a su profesor asistente en esa época, Dr. Graciano Pereira.

Ambos excelentes profesores nos recomendaron adquirir el libro “Instituciones de Derecho Romano”, una obra de Pietro Bonfante; el cual aún consulto, un texto que me remonta a los orígenes de la civilización y de lo que hoy constituye nuestro derecho positivo. Estos consagrados maestros reiteraban que no se puede estudiar Derecho si no se conocen las instituciones de Derecho Romano, porque allí radica la columna del Derecho Civil, Familia, Administrativo y Tributario. Desconozco si, actualmente, las facultades de Derecho han desplazado esta cátedra por otras asignaturas, pero de lo que sí estoy seguro es de que, para estudiar el Derecho Tributario, hay que buscar las raíces o la fuente que se encuentra precisamente en esos viejos textos, que muchas veces pasan desapercibidos por muchas generaciones de jóvenes abogados.

Veamos cómo surge la palabra “tributo”, proviene del verbo en latín “tribuere”, que significa “distribuir, repartir”, que antiguamente se entendía como “repartir entre las tribus”. La Roma antigua estaba compuesta por linajes, en los cuales estaban asociadas las familias, que constituían los romanos de linaje o estirpe, considerados desde la fundación del Imperio. Las tribus conocidas eran los titíes, ramnes y luceres, cada tribu la componían cien linajes denominados “gentes”, de allí surge el “gentilicium”, lo que para nosotros es el primer apellido, luego venían las “gens”, integradas por numerosas familias. Cuando las familias eran numerosas conformaban los “cognómenes”, lo que hoy se le conoce como el segundo apellido.

Lo más interesante de todo esto es que de la tribu y del “tribuere”, tenemos una gran cantidad de verbos en latín, que luego utilizamos en español, como lo son atribuir, contribuir, distribuir, de igual manera, tribuno, y tribunal. Del antiguo Imperio romano, hemos heredado una serie de instituciones jurídicas que tienen su origen en el latín. De esa lengua madre nacieron cuatro idiomas que conocemos en la actualidad: el italiano, francés, portugués y nuestro español; pero existen otras cuatro lenguas orientales que tienen su raíz en el latín. De esas importantes instituciones jurídicas que conocemos en la actualidad, tenemos toda una estructura que constituye la piedra angular de nuestro Derecho Positivo en todas sus especialidades. Pero lo más interesante es que en todos los países hispanohablante existen esas mismas fuentes jurídicas que nacieron en el Derecho Romano.

Para entender el significado de la palabra “tributo”, debemos realizar un breve análisis, cómo se inicia la primera compilación jurídica, tres códigos sirvieron de fundamento, el gregoriano, hermogeniano, y el teodosiano, que sirvió de base para que el emperador bizantino Justiniano impulsara su máxima obra, cuyo jurisconsulto fue Triboniano, así surgió el Código Justiniano, que trascendió los siglos y llegó a nuestros días a establecer la base de nuestra codificación latinoamericana y, por ende, nacional.

Ahora bien, la palabra “tributo” viene del latín “tributum”, que significa impuesto, tasa, o contribución. ¿Por qué impuesto? Porque lo imponían los emperadores romanos, para sostener toda la estructura administrativa del Imperio, entre ellos sus nobles, sacerdotes, todo el sistema de seguridad, soldados y las centurias, pero también los impuestos o tributos financiaban las obras civiles; entre ellas: caminos, puentes, acueductos, baños públicos, templos y palacios.

Los tributos en Roma se establecían para cumplir ciertos fines, en nuestro país se planifica y cumplen las metas de la política fiscal establecida por la Ley de Presupuesto. Se aprueban leyes y decretos que reglamentan dichas normas tributarias para imponer y cobrar impuestos, como fue en el pasado, en la actualidad, se establecen impuestos por parte del Gobierno nacional y de la administración municipal, para satisfacer las necesidades públicas de los ciudadanos.

El tributo es todo aquello concerniente a tributar, antiguamente se tenía el concepto de ofrecer en veneración como un gesto de admiración al Estado, entregar determinada cantidad de dinero para el sostenimiento del Imperio. Hoy, es la responsabilidad de los ciudadanos pagar los impuestos que el Estado establece para cubrir las necesidades de inversión en obras públicas y su funcionamiento.

En otra oportunidad abordaremos los diferentes derechos y obligaciones de los contribuyentes, porque nuestro propósito es coadyuvar y promover la cultura tributaria de los ciudadanos de Panamá.

Abogado tributarista y comunicador social.
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