La jefa de gabinete del MEF defiende la urgencia del proyecto de ley de sustancia económica. Explica cómo esta normativa busca modernizar el sistema fiscal...
- 08/04/2015 02:00
Carrera Diplomática
Dentro de pocos días el Estado panameño albergará la VII Cumbre de Las Américas, para la cual trabaja arduamente para recibir a 35 delegaciones. Panamá introduce una serie de innovaciones a este encuentro como la invitación, por primera vez, a todos los Jefes de Estado y de Gobierno de las Américas, y un foro académico que reunirá a los rectores de las universidades más prestigiosas del continente.
Lo anterior se contradice con los recientes intentos del actual Gobierno, y su Ministerio de Relaciones Exteriores, de reformar el Título II de la Ley 28 de 7 de julio de 1999, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores que establece la Carrera Diplomática y Consular, para permitir que personal sin preparación académica especializada en el campo de las relaciones internacionales pueda ingresar a la Carrera Diplomática sin mayores méritos que trabajar en la Cancillería panameña y ser miembro de determinado partido político.
Este anteproyecto de Ley es el 156 y tiene como propósito modificar e introducir nuevos artículos al Título 11 de la Ley 28 de 7 de julio de 1999, por medio del cual se pretende convocar a concurso interno de méritos a los funcionarios que se encuentran laborando en la Cancillería, a quienes para alcanzar la condición de funcionario de carrera diplomática y consular tan solo se les exigirá que presenten un título de licenciado en la profesión que sea, y una hoja de servicios en la institución. Lo que se trata es obviar el concurso público de admisión.
La Ley vigente establece que para ingresar a la carrera se requiere el título universitario a nivel de licenciatura en Relaciones Internacionales, sin negar la participación de otros profesionales de otras disciplinas, pero que tengan estudios de postgrado, maestría o doctorado en distintas ramas de las relaciones internacionales. La modificación a la Ley 28 no tendría lógica y resulta más bien retrógrada, sino es el evidente interés del Gobierno de continuar politizando el servicio exterior panameño, que ya bastante nos ha llenado de vergüenza, bochorno y escándalos internacionales y aclaro: ninguno de estos hechos han sido protagonizado por diplomáticos de carrera, sino por personal improvisado.
El anteproyecto de Ley 156 desconoce el papel de la Universidad de Panamá, cuando establece que la Comisión Calificadora estará integrada por un profesor titular de las universidades de Panamá y elimina la participación del Colegio de Diplomáticos de Carrera, gremio histórico reconocido y con personería jurídica, casi desde el nacimiento de la carrera diplomática a finales de la década de los 50 del siglo XX. Creemos en la necesidad de profesionalizar y modernizar el Servicio Exterior panameño, pero rechazamos las pretensiones del actual Gobierno de reformar el Título II de la Ley 28 de 7 de julio de 1999, porque las propuestas son retrógradas, desmejoran, desprofesionalizan y politizan el servicio exterior.
ESPECIALISTA EN RELACIONES INTERNACIONALES - UP.