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- 13/04/2019 02:00
Contexto de Gestión del Patrimonio Cultural
El nacimiento de la República de Panamá en 1903 estuvo bajo la presión inmediata de la creación de la Zona del Canal bajo el Gobierno y administración norteamericanos, que tenían gran influencia y potestad sobre sucesivas administraciones gubernamentales panameñas en una relación asimétrica de poder. El Gobierno nacional en los inicios de la República utilizó la exaltación del pasado hispano y la protección de sus monumentos para afirmar la identidad nacional ante las presiones políticas de estas fuerzas externas.
Al cabo del horror de la Primera y Segunda Guerra Mundial, donde la aniquilación de la identidad cultural del adversario despojó a Europa de importantes monumentos, arte, expresiones culturales y centros históricos, nacieron la ONU y la Unesco, y la Declaración de Derechos Humanos Universales, que reconoce a la cultura como un derecho. El nacionalismo panameño declaró monumentos en la década del 40. La Carta de Venecia de 1964 se refiere a la preservación de la memoria cultural. Sucesivas Convenciones Culturales ratificadas por Panamá, sobre Derecho de Autor (1952), Protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado (1954), contra el tráfico ilícito de bienes culturales (1970) y protección de patrimonio mundial (1972) moldearon el pensamiento internacional con repercusión en Panamá. La Carta de Quito especialmente, promovió que los bienes culturales son un recurso económico propio de ser explotado, en momentos de fuertes corrientes nacionalistas en la región con gobiernos dictatoriales en América Latina.
El proceso revolucionario de 1968 definió una política cultural de alcance nacional donde la cultura nacional tiene un papel integrador que se manifiesta en un elemento político fundamental: La organización de la conciencia nacional. Es utilizada como un elemento de resistencia ante las presiones de culturas hegemónicas, especialmente desde la Zona del Canal, bajo la premisa de que la desvinculación política de la cultura la transforma en un elemento decorativo. La Constitución de 1972, que refunda la República y establece el capítulo de Cultura Nacional y define el patrimonio histórico, tiene el fundamento de dicho capítulo en esa política cultural, luego publicada en 1977 por la Unesco. De su implementación se deriva la estructura actual del Instituto Nacional de Cultura (1974), hacia el cumplimiento de sus objetivos de reintegración del territorio nacional y su soberanía.
Desde la creación del IPAT (1960), luego ATP (2008), éste responde a la premisa del aprovechamiento del patrimonio cultural como bien económico cada vez con más amplios poderes, y el INAC (1974) con sus leyes de cultura, responden a la política cultural de los años 70. La política cultural como base ideológica y conceptual ha permanecido sin cambios desde entonces. Hubo dos intentos de actualización en 1998-1999, y 2005, sin implementación.
La legislación cultural ha seguido el paso de las solicitudes de organismos internacionales sin actualizar los objetivos y plan de acción nacional para la cultura. Destacan los patrimonios mundiales ante Unesco con la mayor densidad de legislación.
La definición de trabajo de cultura de la Unesco se generó en MONDIACULT en 1982, y desde entonces el concepto de patrimonio cultural ha evolucionado de la cultura unitaria y centralizada a la cultura diversa y plural, con los conceptos de patrimonio sumergido (2001), patrimonio inmaterial (2003) y diversidad de expresiones culturales (2005) que son motor del desarrollo, con aportes económicos que pueden ser contabilizados hacia su aporte al Producto Interno Bruto; se le conoce como industrias culturales y economía naranja. Se suman la integración de las narrativas locales en itinerarios culturales (2008) que fomentan el desarrollo regional, el aprovechamiento del paisaje urbano histórico (2011) y la iniciativa de Ciudades Prósperas con Hábitat III (vivienda para todos).
Los objetivos de reintegración del territorio y la soberanía, y de la organización de la conciencia nacional como elemento político de la cultura, alcanzaron su finalización en 1999 con la reversión total de las tierras y administración de la Zona del Canal de Panamá. El diálogo nacional necesario para redefinir la política cultural según las nuevas necesidades nacionales para el desarrollo integral humano, no ha ocurrido. La administración cultural, para todos los efectos, continúa en los años setenta y ochenta.
La descentralización de la administración pública, efectiva desde 2015 con la descentralización municipal faculta a los municipios a tomar decisiones culturales como gobierno local; el Plan Estratégico 2030, la Política de Ordenamiento Territorial, la Agenda de las nuevas administraciones que pretendan impulsar al país hacia el desarrollo integral, deben contemplar a la Cultura en sus cálculos como motor del desarrollo sostenible de las próximas décadas.
La ausencia del criterio cultural en las políticas públicas del Estado contribuye a la destrucción del patrimonio cultural. Por tal razón, es necesario elevar la Cultura a la categoría de prioridad del Estado mediante una política pública de cultura. Todas las contribuciones de cada grupo humano a la Nación son igualmente importantes y que su presencia es testimonio de los vínculos identitarios que compartimos los panameños en nuestra diversidad y pluralidad cultural.
Al reconocer a la Cultura como elemento transversal a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) para facilitar su consecución, se hace evidente la necesidad de elevar la Cultura a la categoría de prioridad del Estado mediante una Política Pública de Cultura, cuyos objetivos aseguren que los procesos de la Cultura estén presentes en todos los espacios de planificación de las acciones del gobierno de manera transversal y abarcadora, integrando los procesos del desarrollo.
La Política Cultural de Panamá una vez establecida, podrá articularse en planes de acción cuya plataforma pueda ser una ley general de cultura, planes nacionales de concertación u otro instrumento que sea considerado eficaz.
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