- 19/12/2025 00:00
La sustancia económica como nuevo eje del Código Fiscal: ¿Avance necesario o riesgo para la competitividad de Panamá?
Panamá se encuentra nuevamente ante un punto de inflexión, ahora en materia tributaria. La proyectada ley que pretende modificar el Código Fiscal panameño para introducir, de manera expresa, la figura de la sustancia económica, aplicable a empresas multinacionales que mantengan activos pasivos o generen rentas pasivas en el país, plantea un debate de fondo que no puede abordarse con ligereza ni desde una visión meramente recaudatoria o complaciente a las presiones internacionales.
El concepto de sustancia económica no es ajeno al derecho tributario internacional. Surge como respuesta a prácticas de planificación fiscal agresiva y ha sido promovido por organismos multilaterales, particularmente en el marco del Plan de Acción BEPS de la OCDE, con el objetivo de alinear la tributación con la actividad económica real. En ese contexto, se busca evitar que jurisdicciones sean utilizadas exclusivamente como plataformas formales para la localización de rentas, sin presencia efectiva ni contribución real a la economía local. Sin embargo, trasladar este concepto al ordenamiento panameño exige un análisis cuidadoso de sus implicaciones jurídicas, económicas y reputacionales.
Panamá ha construido, por décadas, un modelo de servicios internacionales sustentado en el principio de territorialidad fiscal, reconocido como uno de los pilares de su competitividad. Alterar ese equilibrio, gravando rentas pasivas de empresas multinacionales bajo el criterio de sustancia económica, supone una redefinición profunda del sistema tributario, cuyas consecuencias deben ser claramente dimensionadas.
La preocupación central radica en la ambigüedad normativa que puede derivarse de una regulación imprecisa. ¿Qué se entenderá exactamente por sustancia económica suficiente? ¿Cuáles serán los parámetros objetivos para determinar la presencia real, la toma de decisiones, la gestión de riesgos o la generación de valor? Una ley que no responda con claridad a estas preguntas abre la puerta a la discrecionalidad administrativa, a la inseguridad jurídica y, eventualmente, a la litigiosidad fiscal.
Asimismo, no puede ignorarse el impacto que una reforma de esta naturaleza tendría sobre la atracción de inversión extranjera. Panamá compite con múltiples jurisdicciones que, aun adoptando estándares internacionales, han sabido hacerlo de forma gradual, previsible y coordinada con incentivos claros. Introducir nuevas cargas fiscales sobre rentas pasivas, sin un régimen de transición razonable ni mecanismos de certeza anticipada para los contribuyentes, podría erosionar la confianza del inversionista internacional.
Por otro lado, es legítimo que el Estado panameño busque fortalecer su sistema tributario y proteger su reputación internacional. Pero ese objetivo debe alcanzarse mediante una armonización inteligente, que preserve la coherencia del principio de territorialidad, respete la seguridad jurídica y evite medidas que, bajo la apariencia de modernización, terminen debilitando la competitividad del país.
La discusión sobre la sustancia económica no debe reducirse a cumplir listas ni a responder presiones externas. Debe ser una reflexión soberana, técnica y estratégica sobre el modelo fiscal que Panamá necesita para los próximos años. Un modelo que recaude, sí, pero que también genere confianza, promueva la inversión productiva y respete las reglas claras del juego. En definitiva, más que una reforma apresurada, Panamá requiere una legislación bien pensada, debatida con el sector privado, la academia y los gremios profesionales, que garantice que cualquier modificación al Código Fiscal sea un verdadero avance institucional y no una fuente adicional de incertidumbre.
Entendemos la necesidad de salir de las famosas listas, pero hagámoslo bien. Hemos vivido con ellas y si bien nos apartan a importantes inversionistas por las medidas y presiones que se le imponen en algunos países, también es cierto que existen inversores legítimos, de calidad, con fondos de origen comprobable, que miran a Panamá como destino de sus inversiones.