• 18/04/2012 02:00

La labor de la Comisión de Reformas Constitucionales

C uando el Ejecutivo designó la Comisión Especial de Consulta de las Reformas a la Constitución, se entendía que tal designación debía t...

C uando el Ejecutivo designó la Comisión Especial de Consulta de las Reformas a la Constitución, se entendía que tal designación debía tener, como mínimo, unos fundamentos que sustentaran tanto su creación como sus resultados. Así, debía entenderse que el hecho cierto que motivaba la designación de la Comisión era que la actual Constitución requiere, con premura, ser modificada. Si esta era la verdadera razón, debía entenderse, por lo mismo, que el resultado producto de la labor de la Comisión sería atendido con la misma actitud que motivaba y justificaba su creación.

Decimos esto por una sencilla razón, no tiene sentido crear una Comisión de reformas constitucionales, si la Constitución no requiere ni necesita ser modificada. Resultaría absurdo, por lo demás, querer modificar la Constitución por el solo hecho de modificarla. Y, si se hace necesario reformar la Constitución, lo lógico es que, una vez elaboradas las propuestas de reformas, éstas sean sometidas al mecanismo de reforma regulado para ello.

La Comisión ya cumplió, en la medida en que llevó a cabo la tarea encomendada. Se le fijó unos deberes, se le estableció un tiempo dentro del cual realizarlos, hizo las consultas necesarias que los distintos temas abordados requerían, le dio forma a las diversas inquietudes y aportes de todos los que participaron de las convocatorias, confeccionó las propuestas y entregó lo que se considera deben ser las reformas a introducir a la Constitución.

Se podrá discrepar de algunas de las propuestas, es posible que a algunos temas resulte desacertado darles rango constitucional, pero de lo que no podrá dudarse, en manera alguna, es de que el trabajo llevado a cabo por los miembros de la Comisión lo realizaron con el deseo, la intención y el propósito de que la realidad constitucional actual debe y puede ser mejorada. Y de eso tratan las reformas que aportan a la sociedad y a la nación panameña: unas nuevas bases que nos permitan, mínimamente, poder afrontar los problemas dentro de un marco jurídico que permita el entendimiento en un plano de igualdad y participativo, que haga posible desarrollarnos y actuar como ciudadanos dentro de una nueva visión constitucional, que facilite fiscalizar y controlar de manera más eficaz a nuestras autoridades, que podamos proteger con nuevos mecanismos nuestros derechos fundamentales, en fin, que contemos con unas estructuras e instituciones nuevas que permitan consolidar nuestra democracia.

De manera que, si la Comisión designada para proponer reformas a la Constitución ya cumplió, ¿qué hace falta? Pues, que quien la designó cumpla ahora con su parte. Fijar unos tiempos claros y precisos, estudiar o analizar lo elaborado por la Comisión, consultar lo que tengan que consultar, pero dar señales ciertas, serias y concretas que dichas propuestas de reformas constitucionales serán sometidas a uno de los métodos previstos para reformar la Constitución. No otra cosa se espera. El trabajo ya está hecho, ahora falta concretarlo. Si quienes integraron la Comisión, todos y todas con trayectorias profesionales meritorias, con vocación de servicio y desprendimiento, asumieron y afrontaron el reto con seriedad, responsabilidad y visión de futuro, no se espera menos de quienes deben promover las propuestas de reformas constitucionales elaboradas.

Hace falta y se hace necesario, por tanto, que haya certeza en que las propuestas de reformas constitucionales van a ser sometidas a uno de los métodos previstos para reformar la Constitución. Se demostraría con ello que, cuando se designó la Comisión Especial de Consulta de Reformas a la Constitución era porque, colocándose por encima de intereses políticos transitorios y coyunturales, lo que se quiere es lo mejor para Panamá.

ABOGADO, EXSECRETARIO GENERAL DE LA PGN Y DOCENTE UNIVERSITARIO.

Lo Nuevo