- 02/03/2026 00:00
“Este país no lo vuelve a trancar nadie”, fue la sentencia lanzada por presidente José Raúl Mulino, luego de que se diera a conocer el proyecto de ley que busca sancionar hasta con seis años de cárcel a quienes se cubran el rostro durante una manifestación. La propuesta es calificada por diversos sectores como desproporcionada, por lo que piden un amplio debate.
A la Asamblea Nacional le tocará discutir el proyecto de ley 8-26 que modificaría el Código Penal para añadir que quien “durante una manifestación, protesta u otra concentración pública, utilice capuchas, pasamontañas, máscaras u otros medios destinados a ocultar total o parcialmente su rostro, con el propósito de provocar, realizar o incitar actos de violencia, intimidación u odio, será sancionado con pena de prisión de dos a cuatro años.
Además si se propicia la comisión de delitos contra la vida, la integridad personal, el patrimonio o la administración pública, adicional a la pena de 4 hasta 6 años, se sancionará el delito cometido, cita la modificación del Código Penal propuesta por la ministra de gobierno, Dinoska Montalvo y avalada en Consejo de Gabinete.
La medida presentada en un entorno en que la población rechaza ampliamente la inminente reapertura de la mina de cobre en Colón, proyecto que generó fuertes protestas en 2023, y de “un nivel de represión” sinigual en la provincia de Bocas del Toro el año pasado según la Defensoría del Pueblo, ha generado polémica.
¿Y la inteligencia policial?
El defensor de los derechos de los universitarios de la Universidad de Panamá (UP), el profesor Gilberto Marulanda, describe la medida de “desproporcionada” y que busca “amedrentar o desalentar la expresión pública en defensa de los derechos sociales”.
La Defensoría de los Derechos de los Universitarios mantiene un observatorio de las protestas y lo que se palpa es la tendencia a la judicialización, indicó.
En los tres últimos años unos 30 estudiantes han sido procesados por participar en las manifestaciones, por ello solicitó que prevalezca el diálogo con la población antes de estas iniciativas, en cambio, dijo, se aprecia el incremento del uso de la fuerza policial.
Por ejemplo, recordó que la Defensoría del Pueblo determinó que la Policía Nacional vulneró los derechos de los niños del Centro de Atención Integral de Primera Infancia de la UP cuando en junio de 2023 los agentes lanzaron gases lacrimógenos durante las manifestaciones alrededor del campus.
“La Policía tiene inteligencia y puede usar sus fórmulas con la tecnología para detectar los actos que transgreden la ley”, afirmó, por lo que no entiende la razón de la propuesta.
“En actos de manifestaciones públicas el Estado no tiene la capacidad de determinar quien es quien”, respondió por su parte el exdirector de la extinta Policía Técnica Judicial (PTJ), Jaime Abad.
‘Reservas’ y necesidad de evidencias
Aunque dejó claro en no estar de acuerdo con que alguna persona se tape el rostro en una manifestación porque los delincuentes se enmascaran para cometer delitos aprovechando movimientos cívicos y estudiantiles, tampoco concuerda con la forma de la propuesta planteada:
“Estoy de acuerdo con el proyecto de ley, pero con mis reservas, seis años de salida es una pena muy grave porque no permite la sustitución por una medida cautelar que no involucre detención”, señaló el abogado Abad.
Sugirió pena de 2 a 4 años a las personas que se les prueba el hecho y a los reincidentes de 6 a 9 años.
De igual manera, en el evento en que la actividad ilícita enmascarada produzca la muerte de ciudadanos, lesiones graves, como la pérdida de un miembro, la desfiguración de rostro o daño a la propiedad que supere una suma considerable de dinero como $50.000 sí se establezca la pena de seis años.
Pero sería vital que se evidencie con videos del hecho y además se de seguimiento del sujeto con las cámaras de la ciudad para el proceso y no aborde con pruebas indiciarias ni secundarias.
Ver el ‘contexto’ para entender la norma
No se puede entender una norma sin considerar el contexto advirtió el abogado de diversos estudiantes detenidos en las protestas del año pasado, Jorge González, quien presentó apelaciones ante los juzgados de paz, “por eso ahora estas casas de paz pasaron de la alcaldía, que tenía una visión más flexible, al Ministerio de Gobierno bajo el Ejecutivo”, resaltó.
La realidad es que en los últimos 15 años se han generado “una cadena de movimientos sociales” por personas que han ejercido el derecho a la protesta establecido en la Constitución
“El objetivo de esta norma tiene una inspiración de carácter represivo, amedrentar la protesta social en los albores de que el Ejecutivo propone la apertura de una mina declarada inconstitucional”, comentó el jurista.
El carácter represivo de la norma se evidencia, a su criterio, en que el castigo no se asocia a una acción sino a lo que las autoridades consideren que significa no enseñar el rostro.
“Aceptar una ley así es sumamente peligroso libertades democráticas del país”, añadió el abogado porque el contexto que se vive no es de garantías ciudadanas tal como ocurrió en junio pasado en la provincia de Bocas del Toro cuando con la declaratoria del Estado de excepción o “emergencia” se suspendieron los derechos de reunión y movimiento, recordó.
“Eso nos da un pincelazo de cuál es la situación que vive actualmente Panamá con un gobierno que constituye una cuasi-dictadura civil con un ropaje democrático republicano, pero que en la práctica a través de sus tentáculos poder y capacidad de represión viola el espíritu de la Constitución Política”.
Se requiere’ especificar’ qué es enmascararse
La norma “puede estar bien encaminada siempre y cuando que se determine qué tipo de enmascarados y por qué”, consideró Oriel Óscar Ortega, quien lideró la “Fuerza Águila” de tarea conjunta de los estamentos de seguridad en 2017 y dirigió el Servicio Nacional de Fronteras (Senafront) en el gobierno pasado.
Explicó que hay quienes se ponen máscaras de películas de terror para inspirar miedo lo que debería evitarse, y otros que cuando empieza la refriega se cambian de ropa, información de inteligencia que tienen los agentes del órden público que caminan en las protestas pero no van identificados como policías. Esta inteligencia aunada a los videos y drones permitió identificar a más de 80 personas que están siendo procesadas por posibles actos vandálicos en los predios del Hospital del Niño, durante las pasadas protestas contra la ley que cambió el sistema de pensiones de la Caja de Seguro Social.
“No es que no estaría de acuerdo sí o no, sino que hay que especificar la forma de regulación de qué significa taparse el rostro”, subrayó Ortega porque la ley debe enfocarse en quienes cometen actos vandálicos y no los transeúntes que se cubren del gas lacrimógeno. Es diferente a quienes se esconden para cometer actos hostiles contra la fuerza pública o la ciudadanía.
‘Criminalización de la protesta’
Cuando una propuesta de este estilo viene del poder “levanta alertas”, comentó la exprocuradora general de la nación, Ana Matilde Gómez Ruiloba.
“Cualquier movimiento, intención que pretenda limitar el ejercicio pleno de una libertad, en este caso el derecho a la protesta, de manera libre, en la forma que la persona se quiera manifestar, puede verse como una criminalización de la protesta”, explicó.
Hay quienes deciden taparse, argumentó porque son funcionarios o familiares de servidores públicos, tienen una beca, préstamo o beneficio del Estado y temen que lo podrían perder por lo que solicitó un debate amplio del tema con los datos que sustentan esta iniciativa.
A su vez, sugirió que las unidades de control de multitudes mantengan el rostro descubierto para que así el manifestante pueda tener una defensa legítima.
Mientras el debate en redes ha generado opiniones de parte y parte, circulan fotos de manifestantes con máscaras de payasos y con el tricolor panameño en protestas pacíficas con la interrogante si eso sería penalizado.
“Que estás personas puedan ser perseguidas y encarceladas hasta por 4 años por ejercer su derecho a la protesta es preocupante. La discusión moral sobre si estamos de acuerdo o no con el uso de máscaras o capuchas en las protestas es legítimo. Perseguirlos penalmente no lo es”, escribió el exdiputado independiente Juan Diego Vásquez, en su cuenta de X.
El constitucionalista y asesor presidencial Miguel Antonio Bernal dijo a La Decana que “como ciudadano luchador por las libertades democráticas y los derechos humanos” se ha manifestado por décadas sin ocultar su rostro. “Parto del principio de que el ciudadano tiene todo el derecho de manifestarse pacíficamente. No considero que sea necesario cubrirse el rostro o enmascararse para defender principios, causas o ideales. Tampoco estimo que sancionar a quienes recurran a capuchas o mascaras en las circunstancias señaladas, violente derechos ciudadanos
Debemos, si, siempre velar porque no se viole el debido proceso de parte de los agentes de la autoridad”.