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Recientemente, la Asamblea Nacional de Venezuela sancionó la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática. Instrumento jurídico que no aparece en el vacío y es, en gran medida, la respuesta institucional a un clamor ciudadano documentado por el PNUD en su informe “Lo que nos une”.
Al analizar ambos documentos, se observa una interconexión entre la ley que intenta traducir el proceso de negociación, y el deseo de paz manifestado por la sociedad venezolana.
El reporte del PNUD de diciembre de 2025 reveló un país con una identidad nacional inquebrantable (98.8 %) y un rechazo absoluto a la violencia como solución (77.4 %). Más importante aún, el 84.6 % de quienes reconocían la existencia de conflictos prefería los acuerdos a la confrontación, y un 79.9 % aceptaba que ambas partes debían hacer concesiones para el bien común.
Esta ley resuena con el “estado de ánimo” al declarar como fines primordiales la rectificación, la paz social y el pluralismo político. El aspecto más positivo de la norma es su amplitud temporal (de 1999 a 2026) y su enfoque en la reintegración de los beneficiarios a la vida pública. Al abarcar hitos de conflicto como los de 2002, 2014, 2017 y las recientes crisis electorales de 2024 y 2025, la ley busca “limpiar el tablero” para una nueva etapa política.
Basándonos en la disposición al diálogo detectada por el PNUD (donde el 86.3 % cree que negociar no es rendirse), la ley es un catalizador necesario. Sin embargo, la reconciliación es un proceso más profundo que la simple excarcelación. La ley permite que quienes estaban fuera del territorio nacional se pongan a derecho mediante representación legal, facilitando el retorno de figuras clave. Esto satisface la urgencia de “soluciones concretas” que el 36.5 % de los venezolanos priorizaba en la encuesta.
Pese a sus bondades, la ley presenta debilidades que podrían comprometer su sostenibilidad:
1. Exclusiones selectivas: Organizaciones como Foro Penal señalan que la ley solo cubre 13 de los 28 eventos políticos conflictivos desde 1999, dejando fuera casos de rebeliones militares y a cientos de presos políticos.
2. Ausencia de Justicia transicional: La ley se centra en la extinción de la responsabilidad penal, pero omite mecanismos robustos para la reparación de las víctimas y la creación de una Comisión de la Verdad, algo que expertos de la ONU han calificado como esencial para no construir la democracia sobre la impunidad.
Para perfeccionar este camino, Venezuela debe mirar espejos internacionales:
España (Ley de Amnistía de 1977): Fue el pilar de la transición tras la dictadura de Franco. Logró la estabilidad política inmediata, pero décadas después ha sido criticada por impedir la investigación de crímenes de lesa humanidad y dejar a las víctimas sin reparación. Esto generó estabilidad a corto plazo, pero heridas abiertas a largo plazo.
Sudáfrica (Ley de Promoción de la Unidad Nacional, 1995): Implementó la Comisión para la Verdad y la Reconciliación. A diferencia de un perdón general, la amnistía era individual y dependía de la confesión total de los crímenes ante las víctimas. Con ello, se logró avanzar en la unificación del país mediante la catarsis colectiva de la verdad, aunque las reparaciones económicas fueron insuficientes.
Tratar de analizar solamente la Ley de Amnistía de 2026, sin considerar el contexto, la historia y, sobre todo, el sentir de los venezolanos que viven en Venezuela, es un error que algunos ciudadanos y dirigentes políticos de la oposición están cometiendo.
La Ley de Amnistía de 2026 es el primer paso real hacia la convivencia que los venezolanos pidieron en 2025. Para que no sea un simple “borrón y cuenta nueva” que genere impunidad, debe evolucionar hacia un modelo que incluya a todas las víctimas y garantice que los hechos no se repitan. Como dice el informe del PNUD, lo que nos une es el deseo de un futuro compartido; la ley debe ser el puente, no solo la salida de una celda.
Claro que esta ley es mejorable, pero este es solamente un primer paso para la reconciliación y reunificación del país, así que para consolidar ese proceso se tendrá que llegar a la creación de una Justicia Transicional, la cual, entre otras cosas, deberá contener un Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, así como una Comisión de la Verdad.