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- 07/01/2012 01:00
¿Pagarán sus impuestos nuestros cónsules?
‘La Dirección General de Ingresos va a continuar persiguiendo a los evasores, sean quienes sean...’. —Presidente Ricardo Martinelli
A estas alturas del partido, ya pocos panameños comemos del cuento de que el gobierno actual aplica las leyes a todos por igual ¡y muchísimo menos a los donantes a su campaña electoral! Esta corrupción aflora más claramente en los nombramientos a consulados privativos de marina mercante, particularmente en los más lucrativos ubicados en el Lejano Oriente, poblados como están por lo más granado de la ‘alianza para el cambio’.
¡Lástima que el director general de Ingresos no se atreva a publicar cuánto les ha cobrado, sobre la renta recibida del Decreto 75!
Porque don Luis Cucalón confiesa recibir instrucciones directas del señor presidente, cosa innecesaria si tan sólo fuera a cumplir todo lo que le manda la ley. Sería perfectamente legal que divulgara lo solicitado, presentándolo sin nombres, como una estadística englobada, de: cuánto dinero percibe la nación bajo el Decreto 75, cuánto entra en líquido al Banco Nacional, cuánto se distribuye a los cónsules como incentivos por abanderamiento y cuánto él les cobró en concepto de impuestos sobre la renta, en los periodos cerrados desde su nombramiento en 2009.
Este sueño, imposible divulgaría el secreto mejor guardado en las finanzas públicas panameñas. Porque el mecanismo sui generis del Decreto 75 abre portillos para burlar el control sobre los fondos públicos, ya que la Contraloría General no sólo se hace de la vista gorda en cuanto a la corrección del gasto, sino que participa en una comisión no legislativa que dispone de parte de ellos, ANTES de que depositen en el Banco Nacional y entren al control formal de la Caja Común.
El señor Cucalón se las vería a gatas para compilar un cuadro que cuadre, porque muy poco se respeta el Código Fiscal que impone el Impuesto sobre la Renta a cónsules y embajadores. Como norma, en Panamá no se paga sobre ingresos generados en el exterior. Su excepción alcanza a nuestros embajadores y cónsules, quienes sí deben tributar, no importa dónde generen ingresos. Como al resto de los ejecutivos públicos, se les retiene en Cancillería el impuesto sobre sus emolumentos y sobre sus gastos de representación (aunque al 5%, cuando los ejecutivos en el sector privado tributan al 30%). Pero no sobre sus ingresos del Decreto 75; estos no se retienen, y deben declararse y pagarse directamente, a fin de cada año.
Se comprende por qué no todos los cónsules cumplen: el alto costo de vida en el Lejano Oriente es una realidad, como lo es que algunos optan por compartir ‘el cambio’ con quienes los nombraron. La única duda es sobre cuántos efectivamente cumplen la ley, y si Cucalón persigue a los que no lo hacen, con la misma creatividad con que persigue a opositores connotados al régimen.
Quienes comemos 3 veces al día estamos en la obligación de velar por quienes no comen, y la mejor forma de hacerlo es promoviendo un Estado de Derecho que funcione como debe, midiéndonos a todos con una misma vara.