• 05/02/2012 01:00

Presidentes detractores de Símbolos Patrios

El Dr. Manuel Amador Guerrero, colombiano de nacimiento, demostró su sentimiento patriótico, al Istmo al presidir el movimiento independ...

El Dr. Manuel Amador Guerrero, colombiano de nacimiento, demostró su sentimiento patriótico, al Istmo al presidir el movimiento independentista que culminó con la Independencia de Panamá de Colombia y durante su gobierno como Primer Presidente, Promulgó la Ley 64 de 4 de junio de 1904, adoptando la Bandera, creación de don Manuel Encarnación Amador Terreros.

Demostró, una vez más, su amor a Panamá y su patriotismo nato, al sancionar la Ley 39 de 4 de diciembre de ese año, adoptando el ‘Canto Patriótico Istmeño’, cuya letra inspiración de don Jerónimo Ossa Escobar y la Música del maestro Santos Jorge Amatriaim, como Himno Nacional y dándole a ambas leyes la condición de ‘Provisional’.

El presidente don Rodolfo Chiari Robles, Promulgó la Ley 48 de 10 de marzo de 1925 estableciendo los Símbolo ‘Permanentes’ y actualizándola territorialidad al agregarle dos (2) Estrellas para reafirmar las nueve provincias que componen la República.

Lo significativo de las actuaciones de los presidentes Amador y Chiari fue el respeto a la dignidad de simbolismo de nuestros emblemas, la conservación de su creación original, sin violar la ‘propiedad intelectual’ de sus autores y el Patrimonio Nacional de todos los panameños.

Contrario a las acciones presidenciales anteriores, el Dr. Arnulfo Arias Madrid, en demostración de su soberbia personal y autoritario comportamiento, al cual le agregó la inquina hacia la familia de don Nicanor Villalaz Lamela, sancionó la Ley 28 de 28 de marzo de 1941, con la cual modificó el Escudo de Armas, al sustraer aspectos significativos de la historia panameña registrados en el Blasón Heráldico: Descolgó las armas, reemplazó la ‘Espada’ por el Sable; cambió el ‘Azadón’ por el Pico; pretendió reemplazar el Lema ‘Pro Mundi Beneficio’ por ‘Sólo Dios sobre Nosotros’, el cual fue rechazado por la Asamblea de Diputados al considerarlo ‘fanfarrón, ridículo, petulante y que demostraba soberbia’ y procedieron a establecer ‘Honor, Justicia y Libertad’.

No conforme con lo dispuesto, sancionó la Ley 103 de 12 de julio de 1941, eliminando las provincias de Darién y Herrera, adscribiéndoselas a Panamá y Los Santos respectivamente. Por su comportamiento autoritario y negativo en la Presidencia de la República, su propio ministro de Gobierno, en acuerdo con la Corte Suprema de Justicia, lo derrocó el 9 de octubre de 1941, al violar la Constitución, ausentándose del país sin autorización de la Asamblea Nacional de Diputados.

El Dr. Arias Madrid, en noviembre de 1948 fue impuesto por el comandante de la Policía Nacional, coronel José Antonio Remón Cantera, en la Presidencia de la República, una vez más, reiterando su antagonismo e irrespeto patriótico, sancionó la Ley 34 de 15 de diciembre de 1949, con el propósito de adaptar los Símbolos a su Ley 28, luego que la Constitución de 1946 los reestableció a lo adoptado en 1925.

La historia se repite en espiral. El presidente Martinelli, al igual que Arias Madrid, se convierte en ‘Detractor de los Símbolos patrios’, al sancionar la Ley 2 de 23 de enero de 2012, instrumento legal inconsulto, sin ordenamiento técnico y de materia, violando el ‘derecho de propiedad intelectual’, asumiendo el Estado ser Propietario de un ‘Legado Nacional’ y fundamentalmente, Ley, con carácter de Inconstitucionalidad Adicional, dicha Ley 2, mezcla la descripción de los símbolos con normas de uso.

Mantiene el ‘Sable’ en reemplazo de la Espada. Imponen el Águila Arpía, animal certificado por la ANAM, no nativo de Panamá, siendo ave migratoria; pero, gracias a la ignorancia y desconocimiento de la fauna, se estableció como ‘Ave Nacional’, cuyo significado dentro de la especie de águila es indigno para ser partícipe de nuestro Blasón Heráldico, adicional repiten el error de no describir la letra del Himno Nacional cantado actualmente, que no fue el creado por don Jerónimo Ossa Escobar.

Es oportuna la ocasión para los magistrados de la Corte Suprema de Justicia demostrar su patriotismo, nacionalismo y su respeto a la Constitución Política, sobre la cual Juraron su cargo y como custodios de la misma, sin mediar demanda de inconstitucionalidad, actúen y no permitan que una ‘Ley’ con visos de Inconstitucionalidad modifique un Artículo de la Carta Magna.

HISTORIÓGRAFO Y ESCRITOR.

Lo Nuevo
comments powered by Disqus