• 09/05/2023 00:00

La trampa de la constituyente

“Pensemos un poco más las consecuencias de lo que proponemos y no su impacto mediático momentáneo”

Como sucede cada cinco años, al acercarse el período electoral, salen los opinólogos y las organizaciones de la sociedad civil a proponer las medidas que en los cinco años precedentes no tuvieron la valentía de exigir a la casta política dominante, algunos por andar detrás de las cámaras alimentando egos personales y otros por sustentar su actuar en análisis superficiales y simplistas.

Una de estas típicas propuestas, que se repiten cada cinco años, es la de la Quinta Papeleta para el llamado a una constituyente. Y no es que no crea en la necesidad de que nuestro país se dé una nueva constitución, por el contrario, he escrito muchas veces sobre la imperiosa necesidad de modernizar nuestro estatuto fundamental. Pero a diferencia del análisis superficial, entiendo que cada acción tiene una consecuencia y por eso, antes de proponer algo, las identifico. Hace un par de años publiqué un artículo que titulé La trampa de la constituyente que, dada la actualidad, de nuevo en el debate, presento a los lectores.

El Artículo 314 de nuestra Carta Magna dispone la única forma como se puede adoptar una nueva constitución, y es a través de una Asamblea Constituyente Paralela. En consecuencia, la Constituyente Originaria, simplemente no existe, a menos que el pueblo se movilice hasta anular los poderes constituidos, establezca un Gobierno que alcance, de hecho, un nuevo pacto social. Esto no es más que una ilusión demagógica. Otra posibilidad es que repitamos la experiencia del golpe militar de 1968 y acabemos con otra “Constitución Revolucionaria”.

En cuanto a la Constituyente Paralela, el artículo 314 dice que “estará integrada por sesenta constituyentes, quienes deberán representar proporcionalmente a los panameños de todas las provincias y comarcas, de acuerdo con la población electoral, y se permitirá, además de la postulación partidista, la libre postulación”. O sea, no puede haber otra condición en el proceso, y por tanto para convertirse en constituyente sólo se requiere ser ciudadano panameño con pleno goce de sus derechos políticos.

He escuchado a quienes sostienen que los constituyentes deben ser ciudadanos probos, conocedores del Derecho, defensores de las libertades y los derechos humanos y haber estado al margen de la política partidista. Lamentablemente, quienes opinan así no han leído el artículo 314 y tampoco saben que ni el Tribunal Electoral ni nadie pueden condicionar la postulación de cualquier panameño mayor de edad en ejercicio de sus derechos ciudadanos.

Así pues, los que invocan la constituyente nos pretenden llevar a un escenario en que cualquiera podrá postularse, incluidos los actuales diputados, los innombrables y todo aquel funcionario o particular con dinero, aunque esté cuestionado por corrupción y clientelismo, y, además, donde tendrán plena cabida las postulaciones partidistas con sus recursos ilimitados y toda la estructura clientelista que persiste en nuestro país y que nadie parece interesado en erradicar.

Es pues, a mi juicio, el llamado a una constituyente, una trampa que nos puede llevar a condiciones peores que las que tenemos, como por ejemplo: limitar la transparencia y rendición de cuentas, eliminar la participación política independiente, permitir ilimitadamente el abuso del dinero en la política, eliminar todo vestigio de estabilidad en los cargos públicos, aumentar el control de un poder sobre los otros; en fin, diseñar un país a la medida de los intereses de la casta putrefacta que nos gobierna.

Pensemos un poco más las consecuencias de lo que proponemos y no su impacto mediático momentáneo.

Abogado
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