• 15/05/2025 00:00

Vigencia transitoria de la Ley 462

En vista del creciente rechazo de la Ley 462, reformatoria del Seguro Social, que no disminuye y amenaza con desestabilizar el país hasta grados de difícil recuperación, corresponde que quienes gobiernan depongan intransigencias contraproducentes y asuman, con el sentido práctico que la realidad les impone, la tarea de tender los puentes necesarios para superar la crisis.

En una columna reciente de menor extensión que, bajo el título “¡Todas las leyes son reformables!” publiqué en el diario El Siglo el pasado 3 de mayo, explicaba que el órgano Ejecutivo no puede cuestionar, pues se extralimitaría en sus funciones constitucionales, que la Asamblea Nacional, en ejercicio de su competencia y funciones, también claramente definida en la Constitución, modifique o derogue las leyes. Además, que el hecho de que una ley haya sido sancionada y promulgada tampoco y de ninguna manera impide o limita las facultades soberanas del parlamento.

En el momento actual, vistas las consecuencias y los enfrenamientos que ha generado el empecinamiento presidencial, lo conducente es que se superen las alternativas limitadas a las opciones de escoger entre mantener o derogar la Ley 462.

Por una parte, si la derogación de la Ley 462 no incluye expresamente la declaración de restituir la vigencia, total o parcial, de la Ley 51 de 2005, habría ausencia absoluta de una norma legal que regule la seguridad social.

Por otra parte, la simple derogación de la Ley 462 también tendría la consecuencia de que quedaría sin fundamento legal el aporte anual por la suma de $966 millones que, por mandato de esa ley, debe hacer el Estado al Fondo de Pensiones.

En la actual coyuntura, lo prudente es optar por una alternativa práctica, que supere la disyuntiva inconducente de mantener o derogar la vigencia de la Ley 462. Esta alternativa es acordar que la Ley 462 tendrá una vigencia temporal, para así abrir el espacio político para su revisión por la Asamblea Nacional, a la que se daría un término prudencial para hacerlo. Esa tarea puede cumplirla durante el próximo período de sesiones que correrá de julio a octubre próximos. Lo que resta del mes de mayo y junio debe servir para examinar, con ánimo constructivo, los desacuerdos y concertar los entendimientos necesarios.

Pero, para que esa alternativa, que serviría para apaciguar o reducir el nivel de las confrontaciones, sea viable, se requiere: 1.) Que el órgano Ejecutivo tome la iniciativa declarando su disposición a flexibilizar su intransigencia y a aceptar que la vigencia de la Ley 462 será temporal y no definitiva, 2.) Que los sectores que promueven las protestas estén anuentes a suspenderlas, para abrir el espacio político necesario para la negociación y 3.) Que las diferentes bancadas de la Asamblea tengan la disposición y la capacidad de superar diferencias de poco calado y anteponerles el interés nacional.

Desde luego, las protestas, como es claro que no tienen como única motivación el tema del Seguro Social, no se desactivarán si no se atienden las otras causas que las han generado.

Uno de los errores básicos del Ejecutivo en el manejo, tanto del tema del Seguro Social como de las otras dos causas generadoras de las protestas, han sido la falta de transparencia y su reacción intolerante a la crítica. Por consiguiente, aparte de un cambio de postura en cuanto a la forma como debe tratar el tema del Seguro Social, se impone que también enmiende su conducta, tanto en el manejo del sensible asunto de los acuerdos con Estados Unidos como en el tema minero.

En ambos casos, para la inmensa mayoría del pueblo, el gobierno ha comprometido su credibilidad hasta niveles de generar absoluta desconfianza. Y, aunque un cambio de actitud no produciría una recuperación automática ni sustantiva de su resquebrajado piso político, medidas como la publicación íntegra, que se le reclama, de los acuerdos suscritos, en sus versiones completas en español e inglés, y explicaciones que aclaren la sospecha de que las anunciadas suspensiones de las reclamaciones de First Quantum y sus empresas asociadas, están condicionadas a promesas o preacuerdos para reanudar sus operaciones, son urgentes y necesarias.

En otras palabras, la posibilidad de que el país recupere la normalidad depende de que el Órgano Ejecutivo entienda que suya es la responsabilidad primaria de tender los puentes y propiciar el diálogo y que no hacerlo puede hacer inviable su mandato para gobernar.

*El autor es abogado
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