• 02/05/2012 02:00

La investigación en la Universidad de Panamá

Al debatirse en la Asamblea Legislativa, en el 2005, el proyecto de Ley 24, orgánica de la Universidad de Panamá, resaltamos en ocasión...

Al debatirse en la Asamblea Legislativa, en el 2005, el proyecto de Ley 24, orgánica de la Universidad de Panamá, resaltamos en ocasión del tercer debate un aspecto que vimos como novedoso. Siendo diputado de la República, en ese momento, hicimos referencia al artículo 9, que reconocía la investigación como ‘el fundamento de la Educación’, y por lo tanto, al ser ‘función esencial’, se establecía la obligación, para la Universidad, de ‘fomentar su desarrollo, y a priorizar la asignación de recursos...’. Hoy, a siete años de sancionada la Ley, se podría decir que aún de los avances que en efecto existen, dicho postulado está en espera de un desarrollo pleno, que se profundice a partir de la esencialidad que postula la norma, con el fin de potenciar las investigaciones y hacer de la Universidad de Panamá fuente generadora de nuevos conocimientos.

En la institución poseemos, en efecto, el espacio normativo como la planificación que se desarrolla desde la Vicerrectoría de Investigación y Postgrado, desde los Institutos y Facultades, como el personal, para la producción del conocimiento renovado, acorde con los avances científicos-tecnológicos. Esta materia, además, está ampliamente reglamentada en el Estatuto Universitario, que nos pone a tono con lo que acontece en el mundo académico de las Universidades que basan sus programas de actualización en la investigación. Hemos dado pasos; pero no los suficientes, porque en los recursos disponibles y los resultados, de manera autocrítica, se acepta una marcada debilidad, sino deficiencia en la tarea de producir investigaciones.

Existen otros problemas que amplían las deficiencias, como la falta de precisión entre la relación docencia e investigación, y no hay claridad suficiente —lo que afecta el estado de ánimo de quienes se dedican a la labor de producir nuevos conocimientos, sobre el cómo se sustancia el ser ‘investigador’ en la Universidad de Panamá. Esto no es ajeno a la carencia, como sí se tiene en la Universidad Tecnológica y muchas otras Universidades, de una ‘Carrera de Investigación’ en la que se establezcan, entre otros aspectos, los parámetros de ingreso, permanencia y promoción del investigador y la manera de potenciar resultados. Precisamente, las dificultades para cumplir con los 36 indicadores en el proceso de acreditación que impulsa el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación no es ajeno a lo aquí señalado.

Esos son temas que habrá, en su momento, que resolver sobre todo porque estamos imbuidos, a nivel global, en un nuevo contexto de definición y orientación (que valora la investigación). La creación del Consejo de Investigación y la Junta de Institutos, como órganos de gobierno, da la cobertura y establece la obligación para que sigamos desarrollando la investigación en las diversas áreas del conocimiento y atender plausiblemente las limitaciones arriba señaladas.

Hay que potenciar los programas de investigación, incrementarlas, así como promover su cultura. Hay que ampliar los parámetros con los que la Universidad de Panamá ha de abordar, desde una perspectiva cualitativa, la generación de nuevos conocimientos y su activa presencia como promotora en la solución de los problemas nacionales. Desde esa plataforma hay que asumir los desafíos que enfrentamos en la sociedad del conocimiento. Urge seguir desarrollando el proceso iniciado de manera que la investigación sea, como dice la Ley, el ‘fundamento de la educación’.

*DIRECTOR DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS NACIONALES.

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