• 17/08/2013 02:00

Nuevo Código Sanitario

La definición de ‘código’, relacionado en el mundo del Derecho, es un conjunto unitario, moderno, ordenado y sistematizado de normas, le...

La definición de ‘código’, relacionado en el mundo del Derecho, es un conjunto unitario, moderno, ordenado y sistematizado de normas, leyes y principios jurídicos que evita la discrecionalidad interpretativa de los derechos y obligaciones de la sociedad en general en un tema específico.

De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del Derecho Internacional, los Estados tienen el derecho soberano de legislar y aplicar leyes en cumplimiento de sus políticas de salud. Una legislación sanitaria nacional debe contener el derecho a la protección de la salud y sus principios generales, la estructura del Sis tema Sanitario Público, sus funciones esenciales y los derechos y deberes de los ciudadanos.

Como ya es costumbre, este país se da el lujo de que su seguridad sanitaria se rija por la Ley 66 del 10 de noviembre de 1947 —sí, leyó bien, 1947—, que regula en su totalidad los asuntos de la salud de un pueblo que merece mejor calidad de vida y menos pan y circo en las actuaciones de sus servidores públicos.

Hace 66 años no había un mundo globalizado, donde las enfermedades podían propagarse rápidamente al amparo de los viajes y el comercio internacional (fronteras económicas libres), por lo consiguiente una crisis sanitaria puede afectar al mismo tiempo la vida y la economía de muchos estados en el mundo.

El Código Sanitario de 1947 necesita una revisión integral, porque actualmente contiene un modelo ineficiente, que exige una reforma estructural que debe ser enfrentada por todos, debido a los avances científicos y nuevos conocimientos de vigilancia.

La redacción de un código sanitario moderno y actualizado no depende del capricho de los gobernantes de turno ni es botín político gremial. Siendo un escenario electoral el que vivimos, no es conveniente el momento para crear un documento jurídico que tiene que ver con el equilibrio de la vida y de la muerte de todos.

La sociedad debe exigir un código sanitario que reglamente la prevención y promoción de la salud, la participación integral de los ciudadanos, política estatal de planificación y gestión en materia de salud pública y el fortalecimiento de la capacidad institucional de regulación y fiscalización en materia de salud pública y la garantía de la calidad de los servicios de salud individuales y colectivos.

No queremos un código sanitario revanchista con los profesionales de la Salud ni violador de los derechos humanos, tampoco que se le considere un botín gubernamental o gremial (búsqueda de mejores condiciones), de igual manera sea una mordaza para denunciar o protestar por descabelladas actuaciones de servidores públicos, que piensan que la muerte negligente de un ser humano es una cifra, parte de una estadística fría e inhumana.

Este no es el momento adecuado para redactar un código sanitario libre de presiones, estamos ante un escenario netamente político. Merecemos una mejor calidad sanitaria igual para todos, con respeto pleno a la dignidad, los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas. El nuevo código sanitario no le pertenece ni al gobierno ni a sus trabajadores de la Salud, sino a todo un pueblo que exige una democracia participativa.

ABOGADO Y DOCENTE UNIVERSITARIO.

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