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La Ley 42 de agosto de 1999 estableció que los locales comerciales, así como las instituciones de gobierno, deben disponer dentro de sus...
La Ley 42 de agosto de 1999 estableció que los locales comerciales, así como las instituciones de gobierno, deben disponer dentro de sus estacionamientos un área especial para personas con alguna discapacidad.
Tales estacionamientos deben estar ubicados en un lugar cercano a la puerta de entrada del respectivo local, contar con una rampa que haga fácil el acceso para personas que usan sillas de ruedas y deben estar pintados de celeste.
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