ACP inicia trabajos para sofocar emisiones en vertedero de Colón

Basada en lo dispuesto en la Constitución Nacional y su Ley Orgánica, la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) inició hoy trabajos para so...

Basada en lo dispuesto en la Constitución Nacional y su Ley Orgánica, la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) inició hoy trabajos para sofocar los incendios permanentes en el vertedero de Monte Esperanza, debido a las constantes emisiones de humo que afectan las operaciones del Canal y ponen en riesgo la salud de la población.

Los trabajos se llevan a cabo en virtud de lo dispuesto en la Constitución Nacional y en la Ley 19 de 11 de junio de 1997, Orgánica de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP). Los mismos se hacen en coordinación con el Municipio de Colón y su concesionario Aguaseo.

"La acción inmediata es apagar los fuegos, porque este problema se ha ido agravando de tal forma que ya está afectando la visibilidad en el tránsito de buques y poniendo el peligro la salud de los trabajadores y de los moradores de áreas aledañas", indicó el Vicepresidente de Operaciones de la ACP, Manuel Benítez.

La empresa contratista MECO, bajo la coordinación y vigilancia de personal de la ACP, rellenará el vertedero con una capa de 50 centímetros de altura mediante el uso de camiones, tractores y retroexcavadoras. Se estima que los trabajos se extiendan por un mes. Durante ese periodo se segregará una parte del vertedero (seis hectáreas) para la disposición de desechos provenientes de la ciudad de Colón.

Los trabajos comenzarán por colocar material en los puntos del vertedero que estén encendidos y los que estén produciendo humo, para luego continuar con el resto del área, que suma un total de 40 hectáreas.

De acuerdo con los reportes de la ACP, los incendios en el vertedero están provocando una visibilidad restringida en el cauce de navegación Atlántico del Canal, al extremo que hacen que los buques disminuyan su velocidad durante su tránsito, debido al riesgo que involucra navegar bajo esas condiciones de difícil visibilidad y contaminación.

El julio del 2011, el Ministerio de Salud ordenó a la Alcaldía de Colón el cierre del vertedero, pero hasta la fecha sigue funcionando.

Consideraciones legales

El Título XIV de la Constitución Política de la República, en sus artículos 316, 319 y 323, asigna la responsabilidad a la ACP del funcionamiento continuo del Canal, y dispone que la Junta Directiva aprobará los reglamentos que desarrollen las normas generales y regulen las materias necesarias para el funcionamiento del Canal, respectivamente.

En tanto, la Ley 19 de 11 de junio de 1997, Orgánica de la Autoridad del Canal de Panamá en sus artículos 11 y 18 numeral 5 disponen que la Autoridad "garantizará la navegación segura, cuidará la seguridad de las personas, naves y bienes bajo su responsabilidad y señalará restricciones de uso de tierras por razones de conveniencia funcional del Canal"; y que "la Junta Directiva aprobará reglamentos que contengan normas de salud y seguridad ocupacional que apliquen a la navegación por el Canal y para el uso del área de compatibilidad con la operación del Canal".

El Reglamento de Uso del Área de Compatibilidad con la Operación del Canal y de aguas y riberas del Canal, en sus artículos 18, 19 y 20 dispone que el Administrador podrá requerir "se suspenda de inmediato cualquier actividad que ponga en peligro al personal o al funcionamiento de la ACP o del Canal; que el Administrador podrá tomar las medidas necesarias para la suspensión inmediata de las actividades que no cuenten con la autorización de la ACP; y que el Administrador podrá tomar cualquier medida temporal a fin de garantizar el funcionamiento y seguridad del Canal, su personal e instalaciones".

También existe el Reglamento para la Navegación en Aguas del Canal de Panamá, que en su artículo 9 dispone que para proteger el funcionamiento del Canal, la Autoridad tiene la responsabilidad de coordinar la prevención y control de los hechos, actos de naturaleza peligrosa que ocurran durante la navegación de buques por las aguas del Canal.

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