Niegan reapertura de caso contra Alma Cortés

El juez Johann Barrios considera que aunque hubo un acto irregular en un programa del Mitradel, la acción no amerita un castigo penal

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El pasado jueves 28 de mayo en el Juzgado Segundo de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá se publicó el fallo del juez Johann Barrios Madrigal que niega la reapertura del expediente en el que se acusaba a Alma Cortés y a 14 personas más (entre funcionarios del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral —Mitradel— y de la Contraloría General de la República, entre esos la excontralora Gioconda Torres de Bianchini), por supuesto peculado.

En la denuncia interpuesta por el actual ministro de Trabajo, Luis Ernesto Carles, se alega que se permitió participar en las capacitaciones de ‘Mi primer empleo' a 1,089 personas que estaban por encima de la edad límite para participar en este proyecto, lo cual representó que el Estado desembolsara $950,067.19 entre pagos a las empresas capacitadoras y viáticos a los participantes.

La parte querellante asegura que Cortés y los funcionarios del Mitradel encargados de organizar ‘Mi primer empleo' sabían de esta anomalía y la permitieron, tal como confirman una serie de correos entre funcionarios del Mitradel y la Contraloría, incluyendo cartas entre Alma Cortés y Gioconda Torres que fueron presentados entre las nuevas pruebas.

En una de esas comunicaciones, indica la solicitud de reapertura del caso (a la cual La Estrella de Panamá tuvo acceso), Cortés le dijo a Torres de Bianchini que había permitido el ingreso al programa de personas fuera de la edad máxima aceptada, ya que se les había criticado que el limitar el rango de edad de los que se podían beneficiar del programa ‘era excluyente y discriminatorio'.

Cortés le citó a la excontralora el artículo 64 de la Constitución en el que se indica que ‘el trabajo es un derecho y un deber del individuo', por lo cual el Estado debe proveer el pleno empleo. ‘En consecuencia, mal puede el Decreto Ejecutivo Nº34 del 16 de julio de 2009 [el decreto que estableció ‘Mi primer empleo], supeditar o disminuir el goce efectivo del derecho en cuestión', justificaba la exministra.

DE LO ILEGAL Y LO ILÍCITO

Según Barrios Madrigal, aunque las nuevas pruebas presentadas por el equipo legal del Mitradel ‘advierten acciones al margen de la ley', estas no justifican una reapertura del caso, ya que ‘solo es ilícito lo que es delictivo' y ‘no toda acción irregular de un servidor público que cause un gasto al erario, configura este delito [peculado]'.

Con la intención de aclarar más su concepto Johann Barrios dice en el documento del que La Estrella de Panamá consiguió una copia: ‘No toda acción ilegal es ilícita, ni toda acción irregular es ilícita, porque no toda acción irregular, ni toda acción ilegal, es merecedora de una sanción penal por el título de peculado'.

Para el juez segundo penal, el capacitar a personas que estaban por encima de la edad máxima del programa ‘Mi primer empleo' es una falta administrativa, mas no un acto delictivo que amerite acción penal porque ‘el programa ‘Mi primer empleo' evidencia una finalidad social que no puede ser desatendida si se está en un Estado de Derecho...'.

Aunque algunas de las personas que fueron capacitadas estaban fuera del rango de edad, al final, destaca el juez, esos $950,067.19 que pagó el ministerio no se perdieron. ‘Las personas de más de 29 años fueron realmente capacitadas, por lo que más que una pérdida o perjuicio al Estado, no puede pasar por alto el operador de la norma penal, que también resultaría en un beneficio porque se cumple con el objetivo del programa y se prepara a otros ciudadanos para afrontar el difícil mercado laboral actual', justifica Barrios Madrigal.

Aparte de lo que presentó el Ministerio, una vez se emitió la solicitud de reapertura del caso, la petición se ‘corrió' a la Fiscalía Segunda Anticorrupción que, a través de una nota del 10 de marzo del 2015, recomendó que el caso se reabriera.

LAS QUERELLAS

La denuncia original fue solicitada por Gioconda Torres de Bianchini tras una auditoría al programa, solicitó la investigación en 2013. Tras abrirse el proceso, la Fiscalía Segunda Anticorrupción solicita un sobreseimiento provisional , el cual fue otorgado por el Juzgado Segundo de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá en abril del 2014.

Antes de la denuncia penal, ya la Fiscalía de Cuentas había solicitado al Tribunal de Cuentas que se realizara un proceso contra seis funcionarios del Mitradel encargados del programa.

Estos seis funcionarios a los que se les abrió juicio en el Tribunal de Cuentas están entre los 16 demandados por Luis Ernesto Carles.

Barrios, basándose en el principio de mínima intervención, señala que no es necesario actuar penalmente, porque ya la Fiscalía General de Cuentas ha abierto una investigación por el mismo caso.

‘La legislación penal sólo debe intervenir cuando no es posible utilizar otros mecanismos de control social', considera el juez en su decisión.

Además de la denuncia del Mitradel y del proceso en el Tribunal de Cuentas, una querella se presentó el año pasado en la Corte Suprema de Justicia, pero fue archivada por falta de pruebas. .

La denuncia fue interpuesta por Angélica Maytín, entonces, representante de Transparencia Internacional en Panamá.

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Johann Barrios M.

‘ No toda acción ilegal es ilícita, ni toda acción irregular es ilícita, porque no toda acción irregular, ni toda acción ilegal, es merecedora de una sanción penal por el título de peculado',

JUEZ DE LA CAUSA

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VOCABULARIO

Definiciones de algunos términos según la Real Academia Española

Ilegal : ‘Que es contra ley'.

Irregular : ‘Que está fuera de regla'.

Ilícito : ‘No permitido legal o moralmente'.

Delictivo : ‘Perteneciente o relativo al delito'.

Delito : ‘Culpa, quebrantamiento de la ley'.

LOS ACUSADOS

En la solicitud de reapertura se señaló a 16 personas y 52 empresas.

Del Mitradel: Alma Cortés Aguilar, Erika Borbón Olivarrent, Gisela Jiménez Aguilar, Victoria Pino de Ostia, Carlos Cuevas Bocharel, Bladimir Bárcenas Manfre.

De la Contraloría: Gioconda Torres, Margot Fuentes P., Eloy Álvarez de la Cruz, Juan Carlos Sarmiento, Luis Alberto Morales Forestal, Roberto Ruiz M., Alberto Chérigo, Susana D. Hurtado. Vanesa Castillo, Giselya Y. González.

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