Cinco condenados en operación Jericó tras acuerdos de pena por delitos relacionados con drogas

De los cinco acuerdos validados, a uno de los condenados, quien permanece detenido en el centro penitenciario La Joya, se le impuso una pena de 68 meses de prisión.

La jueza de garantías del Primer Circuito Judicial de Panamá, Kerine Jaén, validó cinco acuerdos de pena consensuados entre el Ministerio Público y las defensas particulares, dentro del caso denominado operación Jericó, y declaró penalmente responsables a cinco ciudadanos por delitos contra la seguridad colectiva.

Esa decisión quedó establecida mediante la Sentencia No. 1505 de este 21 de agosto, que condenó a los cinco ciudadanos, en calidad de autores, por el delito de reunión y conspiración para cometer delitos relacionados con drogas.

De los cinco acuerdos validados, a uno de los condenados, quien permanece detenido en el centro penitenciario La Joya, se le impuso una pena de 68 meses de prisión.

En otro caso, un ciudadano recluido en un centro penitenciario de la provincia de Chiriquí recibió una condena de 62 meses de prisión.

En ambos casos, además de la pena principal, se estableció una multa de $250, que deberá ser pagada al Tesoro Nacional en un plazo de 12 meses.

En el caso del condenado a 68 meses de prisión, su abogado defensor, Antony Cantos, solicitó sustituir la pena de prisión por detención domiciliaria, argumentando razones relacionadas con el estado de salud de su representado.

Sin embargo, la jueza negó la petición debido a que la defensa no presentó oficialmente un informe médico que sustentara la solicitud.

Ante esta decisión, la defensa presentó un recurso de apelación.

La audiencia para resolver la apelación fue programada para el 8 de septiembre de 2026, a las 8:30 a.m., en la sala 3 del edificio Fortuna.

Los otros tres acuerdos de pena contemplan una condena de 60 meses de prisión y una multa de $500 para cada uno, pagadera al Tesoro Nacional en un período de un año.

En estos tres casos, el tribunal sustituyó la pena de prisión por trabajo comunitario no remunerado en juntas comunales.

Los condenados deberán realizar esta labor un día a la semana, de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., bajo los parámetros establecidos por la autoridad judicial.

Además, deberán reportarse los días 15 y 30 de cada mes, como parte de las condiciones fijadas por el tribunal.

En la audiencia participó, en representación del Ministerio Público, el fiscal Julio Campines.

Las defensas técnicas de los sancionados estuvieron a cargo de los abogados Cecilia Ramos, Agustín Martínez, Antony Cantos y Jean Carlos Cerrud.

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