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Contraloría y Tribunal de Cuentas ordenan secuestros a exfuncionarios por más de $18 millones
- 19/05/2026 15:55
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Agrega La Estrella en Google ↗️La Contraloría General de la República y el Tribunal de Cuentas activaron una ofensiva patrimonial sin precedentes recientes contra exfuncionarios y personas bajo investigación estatal, con medidas cautelares y secuestros de bienes que superan los $18.2 millones, según expedientes oficiales revisados por este medio.
Las resoluciones emitidas entre octubre de 2025 y mayo de 2026 muestran un patrón que comienza a repetirse dentro de las instituciones fiscalizadoras del Estado: auditorías patrimoniales, hallazgos financieros, informes sustentadores y posterior congelamiento preventivo de bienes para garantizar eventuales procesos de recuperación de fondos públicos.
Los casos involucran al exdirector de la Dirección General de Ingresos (DGI), Publio Anselmo De Gracia Tejada; al exfuncionario Noriel Antonio Araúz Villarreal; y a la exdirectora ejecutiva institucional del Ministerio de la Presidencia, Nadia Yannick Del Río Fernández.
El expediente de mayor impacto económico corresponde a Publio De Gracia. El Tribunal de Cuentas ordenó, mediante el Auto N.° 373-2025 del 27 de octubre de 2025, la cautelación y puesta fuera de comercio de bienes hasta la cuantía de $16,318,108.51.
La medida incluye bienes inmuebles, cuentas bancarias, depósitos a plazo fijo, cajillas de seguridad, vehículos, naves y aeronaves registradas a nombre del exdirector de la DGI.
La resolución surge a partir de una auditoría de la Contraloría General relacionada con la empresa FCC Construcción S.A. y una presunta incorrección en el proceso de exoneración del pago de Impuesto Sobre la Renta, Impuesto Complementario y recargos correspondientes a los años 2013, 2014 y 2015.
De acuerdo con el expediente, la auditoría determinó una afectación patrimonial al Estado por más de $16 millones, derivada del “desconocimiento de las normas tributarias para el otorgamiento de excepciones fiscales”.
El Tribunal de Cuentas concluyó que existían elementos suficientes para decretar la medida cautelar bajo los principios jurídicos de “fumus boni iuris”, que se refiere a la apariencia de buen derecho, y “periculum in mora”, relacionado con el riesgo de que los bienes desaparezcan o se diluyan durante el proceso.
La resolución también señala que De Gracia emitió la resolución que revocó el pago de impuestos al contribuyente FCC Construcción S.A.
Publio De Gracia se defiende
El exdirector de la DGI rechazó las conclusiones de la auditoría y aseguró que el proceso investigado corresponde a un acuerdo extraordinario de pago sustentado en una ley aprobada en 2021 para impulsar la regularización tributaria tras la pandemia.
Según explicó a La Estrella de Panamá, el contribuyente involucrado cumplió con los requisitos establecidos en la norma, incluyendo desistir de procesos litigiosos y someterse a revisiones técnicas y jurídicas dentro de la DGI antes de que se emitiera la resolución correspondiente.
“No tengo esa propiedad, esa cantidad ni en sueño”, afirmó al referirse a la cuantía de B/. 16.3 millones incluida en la medida cautelar del Tribunal de Cuentas.
De Gracia sostuvo que “en ningún momento favorecí o me favorecí de algún proceso” y aseguró que todas las actuaciones se realizaron “de manera muy transparente”.
El exfuncionario también cuestionó el alcance de la auditoría de la Contraloría General de la República y señaló que, a su juicio, la entidad “no era la autoridad competente para determinar si los procesos tributarios se hicieron correcta o incorrectamente”.
Indicó además que el caso continúa abierto en distintas instancias administrativas y judiciales, incluyendo el Tribunal Administrativo Tributario (TAT), donde el contribuyente presentó recursos contra actuaciones posteriores de la DGI.
“Uno como exfuncionario público tiene que estar abierto a estas revisiones”, expresó De Gracia, quien afirmó haber colaborado con el Ministerio Público, la Fiscalía de Cuentas y las autoridades investigadoras desde el inicio del proceso.
El exdirector de la DGI también negó poseer aeronaves o embarcaciones, pese a que estos activos aparecen incluidos dentro de los bienes susceptibles de cautelación en la resolución del Tribunal de Cuentas que está en el Registro Público.
“Aeronaves y naves, ni en Japón he tenido algo así a mi nombre”, manifestó.
Consultado sobre si considera que el proceso tiene motivaciones políticas, respondió: “Espero que no sea político”.
De Gracia añadió que las medidas cautelares representan “un desgaste económico, moral y familiar”, aunque reiteró que continuará atendiendo los requerimientos de las autoridades y defendiendo la legalidad de las decisiones adoptadas durante su gestión.
Los otros dos expedientes fueron impulsados directamente por la Contraloría General de la República mediante auditorías forenses patrimoniales enfocadas en diferencias entre ingresos conocidos y movimientos financieros.
En marzo de 2026, la Contraloría ordenó medidas precautorias de secuestro sobre bienes del exfuncionario Noriel Antonio Araúz Villarreal hasta por $1,319,984.42.
Según la resolución, la Dirección Nacional de Investigaciones y Auditoría Forense detectó que los recursos monetarios utilizados por Araúz Villarreal, incluyendo inversiones, desembolsos y saldos bancarios, ascendían a $2,355,670.77, mientras que los fondos provenientes de fuentes conocidas sumaban $1,035,686.35.
La diferencia identificada por los auditores alcanzó $1,319,984.42.
Las medidas incluyeron secuestro de propiedades, fondos bancarios, depósitos, tarjetas de crédito, vehículos y cuentas por cobrar contra el Estado.
Dos meses después, en mayo de 2026, la Contraloría emitió otra resolución similar contra Nadia Yannick Del Río Fernández, exdirectora ejecutiva institucional del Ministerio de la Presidencia.
La auditoría forense determinó que Del Río Fernández mantenía recursos provenientes de fuentes conocidas por $986,583.77, mientras que los recursos monetarios utilizados ascendían a $1,563,352.66.
La diferencia detectada fue de $576,768.86.
La resolución ordenó medidas precautorias sobre bienes inmuebles, fondos bancarios, vehículos y créditos contra el Estado.
Aunque los tres casos tienen orígenes distintos, las resoluciones muestran un cambio en la manera en que el Estado panameño aplica mecanismos de protección patrimonial.
En los expedientes de la Contraloría aparece de forma recurrente la Resolución N.° 3126-2025-LEG/PJ, aprobada en septiembre de 2025, que regula las medidas precautorias para proteger los intereses públicos.
Ese reglamento faculta a la institución a congelar bienes, suspender pagos, intervenir cuentas y ordenar secuestros patrimoniales preventivos cuando existan irregularidades graves relacionadas con fondos públicos.
En paralelo, el Tribunal de Cuentas utiliza las facultades previstas en la Ley 67 de 2008 para evitar que los efectos de un eventual proceso patrimonial resulten “ilusorios”.
Las medidas cautelares no constituyen condenas definitivas ni equivalen automáticamente a responsabilidad penal. Su objetivo es preservar activos y bienes mientras avanzan investigaciones administrativas y procesos de cuentas.
Sin embargo, los expedientes muestran el alcance cada vez más amplio de estas herramientas estatales.
Las cautelaciones abarcan propiedades, cuentas corrientes y de ahorro, depósitos a plazo fijo, cajillas de seguridad, vehículos, aeronaves, créditos contra el Estado y otros derechos registrables.
En algunos casos, las resoluciones ordenan al Registro Público abstenerse de inscribir cualquier operación posterior a la comunicación de secuestro.
Hasta el cierre de esta edición, no constaban públicamente reacciones de las personas mencionadas en los expedientes revisados.