Contraloría y Tribunal de Cuentas ordenan secuestros a exfuncionarios por más de $18 millones

Las medidas cautelares alcanzan propiedades, cuentas bancarias, vehículos, aeronaves y otros activos de exfuncionarios investigados.

La Contraloría General de la República y el Tribunal de Cuentas activaron una ofensiva patrimonial sin precedentes recientes contra exfuncionarios y personas bajo investigación estatal, con medidas cautelares y secuestros de bienes que superan los $18.2 millones, según expedientes oficiales revisados por este medio.

Las resoluciones emitidas entre octubre de 2025 y mayo de 2026 muestran un patrón que comienza a repetirse dentro de las instituciones fiscalizadoras del Estado: auditorías patrimoniales, hallazgos financieros, informes sustentadores y posterior congelamiento preventivo de bienes para garantizar eventuales procesos de recuperación de fondos públicos.

La Contraloría y el Tribunal de Cuentas ejecutan órdenes de secuestro.

Los casos involucran al exdirector de la Dirección General de Ingresos (DGI), Publio Anselmo De Gracia Tejada; al exfuncionario Noriel Antonio Araúz Villarreal; y a la exdirectora ejecutiva institucional del Ministerio de la Presidencia, Nadia Yannick Del Río Fernández.

El expediente de mayor impacto económico corresponde a Publio De Gracia. El Tribunal de Cuentas ordenó, mediante el Auto N.° 373-2025 del 27 de octubre de 2025, la cautelación y puesta fuera de comercio de bienes hasta la cuantía de $16,318,108.51.

La medida incluye bienes inmuebles, cuentas bancarias, depósitos a plazo fijo, cajillas de seguridad, vehículos, naves y aeronaves registradas a nombre del exdirector de la DGI.

La resolución surge a partir de una auditoría de la Contraloría General relacionada con la empresa FCC Construcción S.A. y una presunta incorrección en el proceso de exoneración del pago de Impuesto Sobre la Renta, Impuesto Complementario y recargos correspondientes a los años 2013, 2014 y 2015.

De acuerdo con el expediente, la auditoría determinó una afectación patrimonial al Estado por más de $16 millones, derivada del “desconocimiento de las normas tributarias para el otorgamiento de excepciones fiscales”.

Publio Anselmo De Gracia, exdirector de la Dirección General de Ingresos.

El Tribunal de Cuentas concluyó que existían elementos suficientes para decretar la medida cautelar bajo los principios jurídicos de “fumus boni iuris”, que se refiere a la apariencia de buen derecho, y “periculum in mora”, relacionado con el riesgo de que los bienes desaparezcan o se diluyan durante el proceso.

La resolución también señala que De Gracia emitió la resolución que revocó el pago de impuestos al contribuyente FCC Construcción S.A.

Los otros dos expedientes fueron impulsados directamente por la Contraloría General de la República mediante auditorías forenses patrimoniales enfocadas en diferencias entre ingresos conocidos y movimientos financieros.

En marzo de 2026, la Contraloría ordenó medidas precautorias de secuestro sobre bienes del exfuncionario Noriel Antonio Araúz Villarreal hasta por $1,319,984.42.

Según la resolución, la Dirección Nacional de Investigaciones y Auditoría Forense detectó que los recursos monetarios utilizados por Araúz Villarreal, incluyendo inversiones, desembolsos y saldos bancarios, ascendían a $2,355,670.77, mientras que los fondos provenientes de fuentes conocidas sumaban $1,035,686.35.

La diferencia identificada por los auditores alcanzó $1,319,984.42.

Noriel Araúz Villarreal, exadministrador de la AMP.

Las medidas incluyeron secuestro de propiedades, fondos bancarios, depósitos, tarjetas de crédito, vehículos y cuentas por cobrar contra el Estado.

Dos meses después, en mayo de 2026, la Contraloría emitió otra resolución similar contra Nadia Yannick Del Río Fernández, exdirectora ejecutiva institucional del Ministerio de la Presidencia.

La auditoría forense determinó que Del Río Fernández mantenía recursos provenientes de fuentes conocidas por $986,583.77, mientras que los recursos monetarios utilizados ascendían a $1,563,352.66.

La diferencia detectada fue de $576,768.86.

La resolución ordenó medidas precautorias sobre bienes inmuebles, fondos bancarios, vehículos y créditos contra el Estado.

Aunque los tres casos tienen orígenes distintos, las resoluciones muestran un cambio en la manera en que el Estado panameño aplica mecanismos de protección patrimonial.

Nadia Yannick Del Río Fernández, exdirectora ejecutiva institucional del Ministerio de la Presidencia.

En los expedientes de la Contraloría aparece de forma recurrente la Resolución N.° 3126-2025-LEG/PJ, aprobada en septiembre de 2025, que regula las medidas precautorias para proteger los intereses públicos.

Ese reglamento faculta a la institución a congelar bienes, suspender pagos, intervenir cuentas y ordenar secuestros patrimoniales preventivos cuando existan irregularidades graves relacionadas con fondos públicos.

En paralelo, el Tribunal de Cuentas utiliza las facultades previstas en la Ley 67 de 2008 para evitar que los efectos de un eventual proceso patrimonial resulten “ilusorios”.

Las medidas cautelares no constituyen condenas definitivas ni equivalen automáticamente a responsabilidad penal. Su objetivo es preservar activos y bienes mientras avanzan investigaciones administrativas y procesos de cuentas.

Sin embargo, los expedientes muestran el alcance cada vez más amplio de estas herramientas estatales.

Las cautelaciones abarcan propiedades, cuentas corrientes y de ahorro, depósitos a plazo fijo, cajillas de seguridad, vehículos, aeronaves, créditos contra el Estado y otros derechos registrables.

En algunos casos, las resoluciones ordenan al Registro Público abstenerse de inscribir cualquier operación posterior a la comunicación de secuestro.

Hasta el cierre de esta edición, no constaban públicamente reacciones de las personas mencionadas en los expedientes revisados.

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