Corte no admite amparo de garantías en caso FCC y declara nula actuaciones de juzgado

Actualizado
  • 19/10/2020 20:43
Creado
  • 19/10/2020 20:43
La Fiscalía Anticorrupción presentó el recurso porque el Segundo Tribunal Superior de Justicia declaró nulas las actuaciones del Juzgado Undécimo

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) no admitió un Amparo de Garantías contra la resolución del Segundo Tribunal Superior de Justicia que declaró nulas las actuaciones del Juzgado Undécimo sobre las investigaciones realizadas por el Ministerio Público al Grupo Fomento de Construcciones y Contratas FCC.

La Fiscalía Anticorrupción presentó, el 28 de abril pasado, ante la Corte Suprema de Justicia el Amparo de Garantías que estaba en manos del magistrado Cecilio Cedalise. Se trata de la investigación por el pago de supuestos sobornos y sobrecostos en el diseño, construcción y financiamiento del corredor Vía Brasil tramo II. La investigación concluyó que hubo un sobreprecio de $41,761,011.00.

El Pleno de la Corte publicó, este lunes 19 de octubre, el fallo con fecha del 14 de octubre y en el que se destaca que la Acción de Amparo de Garantías Constitucionales propuesta por la Fiscal Ruth Morcillo, contra el Auto No 14-S.I de 30 de enero de 2020, emitido por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, se dispuso no admitir “la referida acción habida cuenta que no llegó a apreciarse posible vulneración de derechos fundamentales, ya que lo cuestionado pertenece a un tema de legalidad, siendo la razón del criterio sostenido por esta Corporación Judicial”.

El reparto fue celebrado el día 28 de abril de año en curso, y después de vencido el plazo de lectura del proyecto (a finales de julio de este mismo año), se presentó una solicitud de impedimento que fue decidida el 3 de septiembre de 2020.

La decisión del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, adoptada por mayoría, se produjo ante el cuestionamiento de una actuación del Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, dentro de una investigación penal que se sigue a determinadas personas, por la supuesta comisión de delitos contra el orden económico y contra la administración pública en perjuicio del Ministerio de Obras Públicas.

El fallo de la Corte admitió como terceros interesados a Federico Suárez, Mauricio Cort y García y Jorge Ruiz Sánchez.

El magistrado Carlos Vásques Reyes emitió un voto razonado y el magistrado Olmedo Arrocha un salvamento de voto.

El Ministerio Público informó, en abril, que la defensa de los abogados que representan a los señalados apelaron la decisión de la juez Undécima que favorecía al Ministerio Público, solicitando su nulidad.

Además, que entre las decisiones adoptadas por la juez que son declaradas nulas por el Segundo Tribunal Superior de Justicia están, entre otras: La validación de acuerdos con la dictación de la sentencia condenatoria correspondiente y la resolución que dispone y autoriza al Ministerio Público la tramitación como causa compleja, por lo cual se presenta la acción de Amparo de Garantías.

El país centroamericano se encuentra en vilo ante las últimas acusaciones que vinculan al cuñado de la presidenta Xiomara Castro, Carlos Zelaya

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