Corte admite demanda contra la Policía Municipal de Panamá

La acción presentada por Ernesto Cedeño busca declarar inconstitucional todo el Acuerdo 162 de 2025, aprobado por el Consejo Municipal de Panamá

La Corte Suprema de Justicia admitió la demanda de inconstitucionalidad presentada por el abogado Ernesto Cedeño contra el Acuerdo No. 162 del 17 de junio de 2025, que establece la organización y funcionamiento de la Dirección de Policía Municipal de la Alcaldía de Panamá.

El proceso ingresó al Órgano Judicial el 10 de agosto de 2026 y quedó asignado al despacho del magistrado Carlos Ernesto Villalobos Jaén, según el registro judicial consultado. El 12 de agosto el expediente registró el movimiento de “admisión”, con la indicación de que pasa a notificación del procurador general de la Nación.

La acción judicial pide que la Corte Suprema declare inconstitucional el contenido íntegro del Acuerdo 162, expedido por el Consejo Municipal del Distrito de Panamá y promulgado en la Gaceta Oficial No. 30339 del 7 de agosto de 2025.

El acuerdo establece las normas de organización y funcionamiento de la Dirección de Policía Municipal de la Alcaldía de Panamá, por lo que el proceso coloca nuevamente bajo escrutinio judicial el marco jurídico de este cuerpo municipal.

¿Quién presentó la demanda?

La acción fue interpuesta por el abogado Ernesto Cedeño, quien actúa en su propio nombre y representación.

La parte demandada es el Consejo Municipal del Distrito de Panamá, órgano que aprobó el Acuerdo 162.

En el expediente también figura como representante del Consejo Municipal el representante del corregimiento de 24 de Diciembre, Dorindo Vega, quien ocupa la presidencia de ese órgano durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2026.

Corte admite demanda contra la Policía Municipal de Panamá
El acuerdo bajo cuestionamiento

El Acuerdo 162 fue aprobado el 17 de junio de 2025 y publicado en la Gaceta Oficial el 7 de agosto de ese mismo año.

La norma establece la organización y funcionamiento de la Dirección de Policía Municipal de la Alcaldía de Panamá. La demanda de Cedeño no solicita la revisión de artículos específicos, sino que plantea la inconstitucionalidad de todo el acuerdo.

La controversia deberá avanzar ahora dentro del trámite correspondiente ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia.

La admisión de la demanda no significa que la Corte Suprema haya determinado que el acuerdo es inconstitucional. El paso procesal indica que la acción fue admitida y continuará su trámite, incluida la notificación al procurador general de la Nación.

El siguiente paso

El expediente corresponde al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, que tendrá a su cargo el análisis constitucional del acuerdo cuestionado.

El proceso permitirá determinar si las disposiciones adoptadas por el Consejo Municipal de Panamá para regular la Policía Municipal se ajustan a las normas y competencias que establece la Constitución y el régimen municipal panameño.

La demanda cita como marco jurídico las disposiciones constitucionales relacionadas con el régimen municipal, además de la Ley 106 de 1973, sobre el Régimen Municipal.

Por ahora, el punto procesal confirmado es que la Corte Suprema admitió la demanda y abrió el trámite judicial para analizar el cuestionamiento contra el Acuerdo 162.

Esta decisión surge tras violentos enfrentamientos entre la Policía Municipal y exfuncionarios del Municipio de Panamá, quienes protestaban exigiendo el pago de su prima de antigüedad en las afueras del Edificio Hatillo.

Tres personas resultaron heridas debido a las acciones de los uniformados, uno de estos actualmente siendo atendido en el Hospital Santo Tomás por presentar una lesión cerebral tras ser agredido.

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