Conflicto de intereses en compras de la CSS

Actualizado
  • 12/04/2016 02:00
Creado
  • 12/04/2016 02:00
Un especialista es denunciado por ser funcionario y consultor de proveedoras de medicamentos del Complejo Hospitalario. ‘La Estrella de Panamá' identifica sociedades que lo relacionan con el proveedor

Una denuncia interpuesta por el abogado panameño Guillermo Cochez pone en evidencia la necesidad de regular el ambiguo criterio sobre conflicto de intereses en las contrataciones públicas.

El Ministerio Público está obligado a dar trámite a la denuncia interpuesta contra Fernando Antonio Díaz Subía, jefe del Hospital de Día del Complejo Hospitalario Arnulfo Arias Madrid y presidente de la Sociedad Panameña de Hematología, por la posible comisión de un delito contra la administración pública, señaló Juan Carlos Araúz, vicepresidente del Colegio Nacional de Abogados (CNA).

Según Cochez, el funcionario ejerce como médico y director del complejo hospitalario con un salario de $3,295.49, cuando al mismo tiempo influye sobre las compras de medicamentos que guardan relación con la sala que dirige.

El propio médico reconoció en una entrevista televisada incluida en la denuncia que ‘presta servicio de asesoría y consultorías a diversas casas y empresas distribuidoras de productos farmacéuticos que participan en actos públicos para adquirir medicamentos del complejo hospitalario de la Caja de Seguro Social (CSS), Arnulfo Arias Madrid'.

El denunciante aseguró que los actos del funcionario transgreden los intereses estatales porque desde su posición puede ejercer influencia para establecer condiciones del pliego de cargos emitido por la CSS. Al mismo tiempo realiza asesorías y consultorías a empresas privadas distribuidoras de fármacos que participan en esas licitaciones públicas, advierte Cochez. El tema, según la denuncia, es que dicha asesoría riñe con sus funciones como funcionario.

El documento legal alega que la gestión del médico perjudica a la institución porque influye en la imposición de requisitos fuera de ley en el pliego de cargos, que impiden la libre participación de empresas causando un daño patrimonial millonario a la institución al obligar la compra de medicamentos mucho más caros a un solo proponente.

SOCIEDAD DEL CONFLICTO

Cochez hace referencia a la sociedad Insumos y Medicamentos de Calidad, S.A. (IMEDICASA), que distribuye de forma exclusiva el innovador Bortezomib, que es usado para tratar el cáncer.

Díaz Subía, según Cochez, exige requisitos, como la presentación de certificados de la Administración de Alimentos y Drogas de Estados Unidos (FDA, por sus siglas en inglés) o de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA, por sus siglas en inglés), para comprar medicamentos.

CARLOS LEEALIANZA CIUDADANA PRO JUSTICIA

‘En la compra y proveeduría de la CSS se ha establecido un esquema que genera actos de corrupción y que hay que corregir. Existe un evidente conflicto de intereses'

IMEDICASA es casualmente la única sociedad que puede aplicar a las licitaciones del complejo hospitalario por contar con las certificaciones requeridas en perjuicio de otros distribuidores genéricos que no podrían participar en los actos.

Un comunicado publicado en un medio de la localidad en enero de 2016, que fue aportada como prueba en la denuncia, evidencia la inclinación del médico por productos con certificación de la FDA o EMA, contrariando la Ley 1 del 10 de enero de 2001.

El documento que fue público y que es firmado por once médicos exige que se respete el criterio técnico de los especialistas. Dichos médicos solicitan que únicamente se acepten productos que, además del registro sanitario, cumplan con la certificación de la FDA o EMA, o tengan cinco años de comercialización públicas del país.

Fernando Díaz firma el comunicado por la Sociedad Panameña de Hematología. Sin embargo, el requisito no está contemplado en la Ley 1 de medicamentos que básicamente exige solo registro sanitario para comprar y vender productos en Panamá

LA AUTORIDAD RECTORA

El Ministerio de Salud (Minsa) se ha pronunciado sobre la venta de medicamentos con FDA y EMA.

El Minsa, en la resolución 1655 de 14 de diciembre de 2015, publicada en Gaceta Oficial el 30 de diciembre de 2015, resuelve ‘prohibir a las instituciones públicas solicitar requisitos extraordinarios para la adquisición de medicamentos que no se contemplan en la Ley de medicamentos'.

La resolución advierte que estos actos contravienen la Ley de Medicamentos y pueden conllevar a la dilación de la adquisición de medicamentos y por consecuencia pone en riesgo la salud pública'.

La Procuraduría General de la Administración también se pronuncia con relación al mismo caso. Su criterio N°C-127-15 de 15 de diciembre de 2015 concluye que la CSS no puede incluir como requisitos dentro de los actos públicos las certificaciones de la FDA y EMA.

La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) considera, por su parte, que es ilegal incluir los requisitos señalados para la compra de medicamentos.

Acodeco, a través de la Dirección de Libre Competencia, consideró sobre este caso que la inclusión de estos requisitos en los pliegos de cargos de la compra de medicamentos atenta contra la libre competencia porque excluir a un número de proveedores.

Un memorando de la CSS emitido el 5 de enero de 2016 por el director y subdirector legal, Axel Morón Malex y Humberto Osorio, justifica la compra de medicamentos con estos requisitos. En su criterio legal, Morón alega que la Ley 51 de diciembre de 2005 otorga autonomía funcional, administrativa y financiera a la Caja, que está por encima de la Ley de medicamentos y de Contrataciones Públicas, dice.

La normativa permite el desarrollo de normas de contratación pública para adquirir obras, bienes y servicios que aplica para medicamentos, insumos y equipos, establece el funcionario, en su comunicación., alega el funcionario. A su juicio la resolución del Minsa sobre la compra de medicamentos vulnera la autonomía de la institución. A pesar de que el Minsa es la autoridad rectora a lo concerniente a la salud de la población.

La CSS es autónoma para adoptar decisiones que preserven el bien de los asegurados, concluye la comunicación de Morón y Osorio.

CONTRATOS

Las compras en la CSS se realizan a través de la Comisión Nacional de Medicamentos que emite el cuadro básico de medicamentos por las recomendaciones de los directores médicos de salas. En su calidad de jefe del hospital de día del complejo hospitalario Díaz Subía recomienda medicamentos, pero, al mismo tiempo asesora a empresas proveedores de la institución, explicó un fuente que pidió se reservara su identidad.

Sobre el conflicto de interés, Díaz Subía dijo que había puesto las cartas sobre la mesa al director general, médico y de prestaciones médicas. ‘Me dijeron que no había ningún tipo de conflicto de interés porque no soy dueño de ninguna distribuidora', explicó durante una entrevista en televisión el la que se le cuestionó por su doble papel.

Este medio de comunicación identificó dos sociedades anónimas (IMR Depot, s.a. y Isthmian Medical Research, S.A.) en las que José Antonio Porta Álvarez y Fernando Antonio Díaz Subía eran miembros de la junta directiva.

En 2011, ambas sociedades se fusionan para crear IMEDICASA.

VOZ DE LOS PACIENTES

Roger Barés, presidente del Cómite de Protección al Paciente y Familiares, cree que detrás del tema hay intereses de compañías foráneas que están peleando el mercado. Barés exige una investigación del caso.

Por su parte, Carlos Lee, miembro de la Alianza Ciudadana Pro Justicia, señaló que existe un esquema de corrupción en la CSS que desde hace mucho tiempo se ha denunciado y que no se ha podido eliminar. Lee concluye que existe un evidente conflicto de interés en el caso de Díaz Subía.

El vicepresidente del Colegio Nacional de Abogados, Juan Carlos Araúz, considera que los funcionarios públicos deben entrar a servir al Estado y no servirse de las posiciones de poder para lograr beneficios económicos, porque limita la competitividad y solamente pueden ganar contrato los allegados al gobierno, mientras que la posibilidad de que emprendedores incursionen en actividades comerciales se ve disminuida por estos actos, concluye el abogado.

Tras varios días de llamadas infructuosas y mensajes vía celular, el médico Díaz Subía indicó a este periódico que no hablará del caso ni la denuncia hasta que sus abogados se lo autoricen.

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