Denuncian a funcionarios de la AMP

  • 01/07/2022 00:00
El abogado Roberto Ruíz Díaz interpuso una denuncia en contra del administrador y el director de Marina Mercante de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), Noriel Araúz y Rafael Cigarruista, respectivamente, por los presuntos delitos contra la administración pública en la modalidad de abuso de autoridad e infracción de los deberes de servidores públicos y por falsificación de documentos en general.
El abogado, Roberto Ruíz Díaz.

El abogado Roberto Ruíz Díaz interpuso una denuncia en contra del administrador y el director de Marina Mercante de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), Noriel Araúz y Rafael Cigarruista, respectivamente, por los presuntos delitos contra la administración pública en la modalidad de abuso de autoridad e infracción de los deberes de servidores públicos y por falsificación de documentos en general.

El abogado, que lidia con trámites marítimos, detalló que la AMP en 2014 y 2018 autorizó la licencia de operación a favor de la empresa Sea Energy Shipping, S.A. para el transporte de combustible a través de Barcazas a nivel nacional bajo licencia de operación fechada en junio de 2018. Posteriormente, en mayo de 2020, a raíz de una serie de faltas cometidas por las naves resolvió dejar sin efecto las resoluciones mediante las cuales había autorizado la licencia de operación y desconoce la existencia de alguna modificación al respecto.

El denunciante alegó que la AMP permitió la operación de una nave cuyo registro de construcción data del año 2005, superando los 15 años de antigüedad permitidos por el Manual de la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares del Departamento de Concesiones de la AMP. En vez, en el renglón en el que debía de establecer la fecha, se colocaron asteriscos.

“Permitió que la Nave Gibunker 100 prestara servicio por un año, sin cumplir los requisitos, posteriormente, al emitir una nueva patente provisional a la misma nave con otro supuesto propietario, hace insertar en el año de puesta en quilla, el año 2005, como para decir que si cumplía o mantenía menos de 15 años y por tal razón podía entrar a prestar servicios en aguas jurisdiccionales nacionales”, se lee en la denuncia.

La AMP indicó a La Estrella de Panamá que revisa el documento para emitir una futura postura al respecto.

Ruíz Díaz dijo a 'La Decana' que la entidad omitió información importante que debe reflejarse en la patente, como la fecha en que la nave había sido construida. “Ninguna nave mayor de 15 años puede prestar servicio para transportar petróleo dentro de la República”, indicó.

Según Ruíz Diaz, la razón por la que interpuso la denuncia responde a que al revisar los antecedentes de otros casos “le llamó la atención un contrato de prestación en el que la puesta en quilla fue de 2005, y la incorporaron en 2021, cuando está fuera de la edad”.

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