Prohibirán la importación de heroína para fines médicos

Actualizado
  • 04/03/2016 20:30
Creado
  • 04/03/2016 20:30
Un proyecto de ley busca regular el uso de sustancias controladas o psicotrópicas para fines científicos y medicinales

La importación de heroína para fines médico y científico quedará prohibida. La medida está contemplada en un proyecto de ley que presentó el Ministerio de Salud (Minsa) en octubre del año pasado y que fue aprobado en primer debate por la comisión de Trabajo y Salud de la Asamblea Nacional.

La propuesta busca regular las actividades y uso de las sustancias y medicamentos controlados o psicotrópicos para fines médico y científico.

El documento también establece la creación del Departamento de Sustancias Controladas, que estará adscrita a la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas del Minsa, y entre sus funciones están la de analizar las solicitudes de licencia para manejar las sustancias y medicamentos controlados.

Además de autorizar la comercialización de este tipo de sustancias tanto de la empresa privada como del Gobierno, así como analizar y verificar los registros realizados por los establecimientos farmacéuticos.

Las sustancias controladas serán manejadas, prescritas, dispensadas o administradas para fines medicinales y científicos en la industria farmacéutica, entidades académicas y establecimientos debidamente acreditados y autorizados, y solo por profesionales de la salud, señala el proyecto de ley.

En la exposición de motivo, el Minsa explicó la utilización de estos medicamentos son necesarios para fines médicos y científicos, sin embargo, producen fácilmente adicción por lo que se requiere “la fiscalización de las autoridades para evitar el uso indebido o de desviación”.

“Es necesario que los importadores, exportadores, distribuidores y todo aquellos que de una u otra forma tienen que ver con el manejo de estos productos, tengan adecuado conocimiento sobre la producción, fabricación, almacenamiento, exportación, importación de estos medicamentos”, señala la entidad.

El artículo 7 de la propuesta establece que las sustancias controladas solo serán importadas por la Autoridad Nacional de Aduanas y por los establecimientos farmacéuticos legalmente establecidos.

“Se prohibe las exportaciones e importaciones enviadas, a través de un apartado postal, empresa courier o cualquier otro medio no autorizado por Farmacias y Drogas del Minsa”, señala la iniciativa.

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