MiAmbiente suspende obras de hotel en Playa Bijao por incumplimientos

MiAmbiente detectó obras y posibles descargas sin permisos en Playa Bijao y ordenó la paralización inmediata del proyecto

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El Ministerio de Ambiente (MiAmbiente) ordenó la paralización inmediata de las obras de construcción de un colector de aguas pluviales y sanitarias asociado a un proyecto hotelero en Playa Bijao, distrito de Antón, provincia de Coclé, tras detectar presuntos incumplimientos a la normativa ambiental, según dio a conocer este sábado 8 de agosto la entidad mediante un comunicado de prensa.

La medida se adoptó luego de una inspección realizada por técnicos de la Dirección Nacional de Verificación del Desempeño Ambiental (Diveda), quienes certificaron que los trabajos no contaban con autorización para intervenir un cauce ni con una concesión para la descarga de aguas residuales.

Según la entidad, durante la diligencia identificaron intervenciones con capacidad de modificar el comportamiento natural del cauce, generar procesos de erosión y sedimentación y afectar la calidad del agua.

MiAmbiente indicó que estas condiciones podrían tener efectos sobre el ecosistema marino-costero de Playa Bijao. La evaluación se sustentó en inspecciones de campo y muestreos de agua efectuados por los técnicos de la institución.

La directora de Diveda, Marilyn García Paredes, señaló que las obras que intervienen cauces o realizan descargas de aguas residuales deben cumplir con los requisitos establecidos en la legislación ambiental y que la entidad tiene la responsabilidad de verificar el cumplimiento de esas disposiciones.

La resolución de suspensión obliga al responsable del proyecto a detener los trabajos de manera inmediata. No obstante, la institución informó que el promotor puede iniciar el trámite para obtener la concesión de descarga de aguas residuales y deberá acreditar el inicio de ese proceso dentro de un plazo de 24 horas.

Posibles sanciones

MiAmbiente advirtió que dará seguimiento al caso mediante nuevas inspecciones y la revisión de las medidas preventivas y correctivas impuestas.

La entidad indicó que, si se comprueba la continuidad de los trabajos o nuevas descargas sin autorización, podrá aplicar medidas administrativas contempladas en el Decreto Ejecutivo N.° 3 de 2026. Entre ellas figura el taponamiento de la tubería utilizada para la descarga ilegal y otras sanciones previstas en la normativa vigente.

La institución recordó además que el incumplimiento de una orden de paralización constituye un desacato a un acto administrativo emitido por la autoridad ambiental.

Posible suspensión definitiva

Entre las medidas que podrían adoptarse se encuentran la suspensión definitiva de la obra y, previo cumplimiento del debido proceso administrativo, la demolición de estructuras ejecutadas en contravención de las disposiciones ambientales.

MiAmbiente añadió que, si durante las investigaciones se determina que los hechos pudieran constituir un delito, el caso podría remitirse a las autoridades competentes para la evaluación de eventuales responsabilidades penales.

Las actuaciones de la entidad se sustentan en la Constitución Política, la Ley General de Ambiente y los decretos ejecutivos emitidos en mayo de 2026 para fortalecer los mecanismos de fiscalización y control ambiental.

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